Asufin realiza un mistery shopping para testar cómo aplican las entidades la sostenibilidad en los test de idoneidad

Lupa
Foto: Markus Winkler, Unsplash

El 2 de agosto entró en vigor la  modificación de MiFID II que obligaba a las entidades a preguntar en los test de idoneidad que realizan a sus clientes sobre sus preferencias de sostenibilidad. Sin embargo, no fue hasta un mes más tarde, en septiembre, cuando ESMA publicó las directrices finales de cómo incluir esos criterios en los test, dando de plazo seis meses, hasta marzo de 2023, para que las entidades puedan implementarlas en sus test de idoneidad.

Aun así, ya hay muchas entidades que están testando las preferencias en sostenibilidad de sus clientes, aunque también hay otras que de momento es algo que mantienen en stand by. La asociación de usuarios financieros (Asufin) en colaboración con WWF ha hecho una fotografía de cómo están aplicando hasta ahora las entidades financieras esas preferencias de sostenibilidad en sus test de idoneidad. Lo han hecho a través de un estudio realizado en el mes de octubre en el que han tenido en cuenta 28 procesos de alta o modificación de perfiles de inversión en 12 entidades, que abarcan el 82,50% de la cuota de mercado de fondos de inversión en España tanto de manera presencial en oficinas como online.

Una de sus conclusiones es que los test de idoneidad realizados por la mayoría de las entidades (la única excepción ha sido BBVA), no incluyen aún datos que pregunten por las preferencias en inversión sostenible, sino que siguen centrándose en conocimiento de producto con criterios puramente financieros. No obstante, recalca que en la fase de comercialización de productos, el 75% de las contrataciones por el canal presencial y el 92% del online sí incluyen información sobre preferencias del cliente en productos sostenibles y por tanto que facilite su contratación.

¿Qué información se da?

En el estudio se destaca, además, la deficiencia de información que presentan los empleados de las entidades a la hora de explicar a los clientes que se quiere decir cuando uno dice ser inversor sostenible. "Solo en el 38% de los casos, en oficinas físicas, se ha ofrecido información clara y suficiente sobre qué es una inversión sostenible. En el canal online, donde operan más gestores especializados se ha recibido en un 83% de los casos poniendo un tope para la recepción de menos de 24 horas", explican en la asociación.

Algo que no es de extrañar si se tiene en cuenta que desde el sector se han quejado en no pocas ocasiones de la falta de herramientas que aún tienen para medir la sostenibilidad de los productos financieros. "Nos falta información de sostenibilidad y de taxonomía pese a que tenemos la obligación de asesorar y ofrecer productos que cumplan con esas directrices", afirmaba la semana pasada Andrea González, subdirectora general de Spainsif en el evento Green Evolution II organizado por Aseafi.

Y es que hay que tener cuenta que hay que preguntar al cliente en qué medida quiere invertir de forma responsable, en qué tipología y en qué porcentaje y eso complica mucho el proceso. Por no mencionar que el asesor no siempre tiene acceso a todos los datos de sostenibilidad (muchos aún ni siquiera regulados), más allá de la clasificación en artículo 8 o 9.

Se ofrecen pocos productos sostenibles

Por último, entra en juego la oferta de producto. Según los datos de Asufin, incluso cuando el inversor dice tener una preferencia de sostenibilidad, solo el 18% de los productos ofrecidos son sostenibles mientras que el 82% restante no lo es. Y ahí también influye mucho el hecho de que aunque cerca del 45% de la oferta de fondos que hay en España  (incluyendo productos de entidades nacionales e internacionales) está clasificada como artículo 8 o 9, gran parte de ella son de renta variable (63%), siendo de renta fija o mixtos solo el 33% del total a pesar de que el patrimonio en estos dos productos es de un 57% del total.

Además, hay que tener en cuenta que la amplia mayoría de fondos clasificados por la SFDR son artículo 8 y no todos esos artículos 8 son susceptibles de ser incluidos en las carteras sostenibles según marca MiFID II.