BCS y BEC evalúan introducir una regulación para proteger a pequeños inversionistas

Kamil Molendys, Unsplash

Según informa el diario Economía y Negocios Online, el grupo del Comité de Regulación de ambos mercados, integrado por Enrique Barros, Leónidas Montes y Lisandro Serrano, encargó un informe sobre la relación entre el ejecutivo financiero y el cliente retail, ya que gran parte de las reclamaciones eran de clientes que operaron con instrumentos complejos. "Tuvimos una época de varios reclamos de personas con poco conocimiento técnico que invertía, por ejemplo, con simultáneas o forwards. Como el mercado opera con comisiones, existen algunos incentivos perversos para ofrecer instrumentos poco idóneos", comentó Leónidas Montes.

El estudio "Regulación acerca de la relación entre los corredores y sus clientes profesionales. Situación nacional y comparada" ha sido realizado por María Agnes Salah y Jorge Jaramillo. El informe mostró que sólo algunos corredores analizan el perfil de riesgo y el conocimiento del mercado financiero que tienen sus clientes. Ante esto, el comité elaboró un documento con once directivas o sugerencias para las corredoras.

Éstas fueron validadas por las BCS y la BEC, pero aún no se ha resuelto cómo se implementarán. "Nosotros no tenemos la facultad de establecer reglas. Estas no son prohibiciones, son controles que buscan proteger al inversionista", dice Montes. Las sugerencias del comité comenzarían a concretarse el 1 de enero de 2012 de manera gradual. El uso de encuestas para determinar el perfil de riesgo y conocimiento de mercado de inversionista, será exigido sólo a los clientes nuevos.

Para los clientes antiguos, estas medidas se aplicarán solo si realizan alguna transacción. "Esto no puede entorpecer el funcionamiento del mercado", dice Montes, quien destaca que las corredoras de bolsa participaron activamente en la elaboración del informe.

La actual regulación del mercado bursátil contempla tres categorías de inversionistas: institucionales, calificados y calificados "electivos". Los primeros invierten fondos de terceros, los segundos incluyen a los institucionales y a las personas ordinarias que cuentan con inversiones de al menos 10.000 UF. Los terceros cuentan con una inversión mínima de 2.000 UF.

Las categorías: La propuesta del Comité de Regulación sólo contempla a los clientes no calificados (inversionista retail principalmente). Además, las corredoras deberán establecer al menos tres categorías de inversionistas considerando su nivel de riesgo, su experiencia y su conocimiento en relación con operaciones financieras. El corredor deberá definir los productos adecuados para cada tipo de inversionista.

Cómo determinar el perfil: Para esto, el corredor deberá realizar una encuesta que incluya, entre otros, el objetivo de las inversiones, las necesidades de liquidez y los productos con los que ha operado anteriormente.

Publicidad: El corredor deberá describir en su página web las características y los riesgos de los productos que ofrece.

Incentivar lo idóneo: El comité sugiere que el corredor no deberá recomendar directamente a un cliente productos que no sean adecuados para su perfil. Eso sí, en caso de que el cliente insista en operar con dichos instrumentos, el corredor deberá advertirle de los riesgos.

Además, se deberá dejar constancia que se realizó la advertencia respectiva.