Establece pautas que no son vinculantes
La CNMV acaba de publicar en su página web una guía de actuación para el análisis de la conveniencia e idoneidad. Si bien no se trata de un documento vinculante para las entidades, establece las pautas que la CNMV entiende como necesarias para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa aplicable respecto a la evaluación de la conveniencia e idoneidad en la prestación de los servicios de inversión.
Según Deloitte, los principales impactos de la guía de la CNMV son, en materia de evaluación de la conveniencia, los siguientes: La CNMV considera necesario delimitar en qué casos debe entenderse que el servicio se presta a iniciativa del cliente, puesto que en la práctica en muchas ocasiones debe entenderse que la iniciativa es de la entidad. Además, las entidades deben intensificar su obligación de actuar en el mejor interés de los clientes y, por lo tanto, ante una operación no conveniente por tratarse de instrumentos complejos, deben evitar dirigirse a esos clientes para comercializar activamente dichos productos. Asimismo, cuando se trate de productos no complejos, deben intensificar la información sobre sus características y riesgos.
La guía establece también el contenido que deberán tener los test de conveniencia, así como los medios por los que la entidad puede obtener la información requerida y las consideraciones que deberán realizarse sobre la experiencia previa de los clientes. En cuanto al periodo de validez de los test de conveniencia, la CNMV señala que no existe un periodo mínimo ni máximo y serán las entidades, dependiendo del nivel de complejidad y riesgo inherente a los productos, las que deberán fijarlos. La CNMV establece el contenido que deberán tener las advertencias que se realicen a los clientes y ofrece un ejemplo de la información que debe contener cada una de ellas.
En cuanto a la evaluación de la idoneidad, Deloitte destaca que la CNMV por primera vez en la guía hace una distinción entre el asesoramiento recurrente y el asesoramiento puntual y la diferencia que se produce en el análisis de la idoneidad dependiendo del tipo de asesoramiento que se preste. Establece la guía que en los casos en los que se preste un asesoramiento recurrente, la entidad no podrá recomendar instrumentos que no sean idóneos de acuerdo con su perfil, siendo necesario advertir a los clientes que se han dirigido a la entidad para consultar la idoneidad de una determinada operación.
También se habla del contenido que deben tener los test de idoneidad, siendo necesario evaluar los tres aspectos señalados en la normativa (conocimientos y experiencia, objetivos de inversión y capacidad financiera). Finalmente, la CNMV, establece el modo de realizar las evaluaciones y el periodo de validez de las mismas, diferenciando en este caso también entre el asesoramiento puntual y el asesoramiento recurrente o gestión discrecional de carteras.