El sector, expectante ante los cambios que puedan traer las cuentas ómnibus

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Ferendus. Flickr. Creative Commons

En su reunión anual con la prensa, Inverco había adelantado en febrero que la regulación de las cuentas globales para los fondos españoles podría llegar en el primer semestre del año. También desde la CNMV, su presidenta, Elvira Rodríguez, había expresado el apoyo del organismo a esta figura en reuniones con representantes del sector y, tras muchos años, su llegada puede estar por fin a la vuelta de la esquina.

En el sector se vivió ayer una cierta sensación de alivio por haber conseguido una de sus reivindicaciones históricas, pero, por otra parte, tampoco se prevé que vayan a suponer un cambio radical para las gestoras nacionales. “Estamos contentos de que se haya aprobado porque pensamos que en el peor de los casos no va a ser malo para la distribución de fondos españoles a través de redes comerciales”, asegura Cayetano Cornet, de Cartesio. “No obstante creo que la decisión de entrar en una distribución potencial de fondos españoles a través de una red va a ser más una decisión de política comercial que un tema de la cuenta ómnibus…. pero la realidad es que perjudicar no perjudica”.

Y es que con estas cuentas globales, será el comercialización quien pueda llevar el registro de los partícipes de los fondos y no la gestora como sucedía hasta ahora, lo que limitaba la comercialización de productos nacionales en otras redes de distribución.

Desde Inverco, su director general, Ángel Martínez Aldama, se congratula de la noticia y de que vaya a salir adelante una de las cuestiones que desde la asociación han impulsado en los últimos años. “Puede ser un impulso interesante para los fondos nacionales, que pueden ver cómo se abren nuevas oportunidades de comercialización”, dice. En una reciente encuesta llevada a cabo por el Observatorio de Inverco, el 51% de las gestoras españolas valoraban como “muy necesaria” la regulación de las cuentas globales y un 73% decía que la eliminación de información de identidad de inversores a la Agencia Tributaria por gestores extranjeros era también “muy necesaria”. Esta segunda medida no ha sido aprobada por ahora.

José Luis Jiménez, director general de March Gestión, considera que no hace daño, pero le quita importancia y no cree que vaya a ser un hito sustancial para el sector. “Es irrelevante y creo que tendrá un impacto reducido para las gestoras pues las que han querido comercializar sus productos ya han buscado otras vías”, explica. Así, ellos son una de las más de 30 gestoras nacionales que han lanzado fondos de derecho luxemburgués para poder, por una parte, comercializar a clientes extranjeros y, por otra, que los distribuidores nacionales les compren sus productos sin tener que revelar el nombre de sus clientes, ya que esos productos se registran como IIC extranjera en España. Cuando hace tres meses Abante Asesores anunció el lanzamiento de varios productos luxemburgueses, su consejero delegado, Santiago Satrústegui, aseguró que ya era tarde para las cuentas globales.

Luis Loring, director de Operaciones de A&G, sin embargo, sí cree que tendrá ciertos efectos esta medida cuando entre en vigor, aunque no en el primer momento. "Es una medida que apoyará el establecimiento de nuevas relaciones entre Gestoras y comercializadores basadas en esta nueva estructura de registro vía cuentas omnibus, si bien para el negocio actual los efectos positivos serán a muy largo plazo y muchas entidades mantendrán la estructura actual, debido a los costes de adaptación a ese nuevo modelo y mantenimiento de ambos simultáneamente, y a ciertas exigencias de la normativa como la prevalencia del actual registro de la Gestora o la obligación del partícipe de notificación al comercializador si ha tenido o tiene el mismo ISIN en el momento del reembolso". "De todas maneras -precisa-, el mayor mercado está en el exterior, que es lo que habría que atraer, y aún está pendiente de resolver de una manera realmente competitiva respecto a otras plazas financieras.

Más positivo se muestra Pedro Dañobeitia, director de Deutsche Asset & Wealth Management para España, quien da la bienvenida a la nueva figura y cree que la rapidez en el registro de nuevos productos en la CNMV y el contar con cuentas ómnibus hacen a España un país “más competitivo” actualmente en el mundo de la gestión de activos. DeAWM distribuye en España fondos tanto de su gestora internacional como de la gestora local de IIC con que cuenta y hasta ahora en varios momentos han estado limitados a la hora de poder lanzar producto español para su comercialización en Europa, algo que Dañobeitia cree que cambiará con la llegada de las cuentas ómnibus. “Seguiremos lanzando producto local y más ahora que es más competitivo”, dice.

“Hace tiempo que la legislación en España debía orientarse a facilitar la competencia en igualdad de condiciones con el resto de jugadores europeos, incluyendo para ello cuentas ómnibus”, dice Gonzalo Rengifo, director general de Pictet AM en Iberia y Latinoamérica. “De hecho, la industria nacional no ha podido exportar, pero cualquier gestora extranjera puede vender sus fondos en España”.

En vías de ser aprobadas

Tras su aprobación por parte del Consejo de Ministros, el texto que modifica la Ley de IIC se encuentra ahora en el Congreso para comenzar así el trámite parlamentario que debería llegar a su aprobación definitiva próximamente. Aldama no prevé que vaya a haber grandes cambios en el texto final frente a la propuesto del Gobierno porque es un tema técnico, con poco debate político y en el que simplemente las obligaciones que antes tenía la gestora se trasladan al comercializador pero ni la Agencia Tributaria ni los partícipes de fondos se verán afectados por esta nueva figura.

Y es que, tal como explica Jorge Canta, las obligaciones tributarias de los no residentes no se han eliminado y el socio de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira considera que queda esa asignatura pendiente.

Natalia López Condado, councel de Clifford Chance, apunta que falta claridad en el párrafo del artículo 40.3 del texto sobre la prohibición de las entidades comercializadoras de simultanear para un partícipe que invierte en una misma clase su inclusión en el registro de partícipes de la entidad comercializadora y el registro de partícipes de la sociedad gestora, y considera muy positivo que se haya eliminado la referencia al agente centralizador.

En cuanto al proceso para que se establezcan las cuentas ómnibus, López explica que el texto señala que las entidades comercializadoras deberán obtener con carácter previo el consentimiento expreso del cliente, constando dicho consentimiento en documento escrito con la firma del cliente o en otro mecanismo alternativo equivalente, y deberá contar la entidad comercializadora con sistemas y controles que garanticen el cumplimiento de dicha obligación.