ESMA concede una prórroga de seis meses para la obtención del Código LEI: estas son las condiciones

Calendario, fecha, subrayador, cumplimiento, legal
Estée Janssens on Unsplash

El 3 de enero de 2018 cada vez está más cerca. Su llegada implicará la entrada en vigor de MiFID II y su reglamento MIFIR y, por tanto, la necesidad de las empresas de servicios de inversión (ESI) de la UE disponer de un código LEI para poder reportar las operaciones de acuerdo con la nueva normativa. Como en las últimas semanas ESMA, la Autoridad Europea de Valores y Mercados, y las autoridades competentes nacionales (NCA) han recibido una serie de indicaciones sobre la dificultad para que todas las empresas de servicios de inversión logren obtener todos los códigos LEI que necesitan para ellas y sus clientes antes del 3 de enero, el organismo europeo ha emitido un comunicado en el que informa de que estos clientes “podrían dirigirse a las empresas de servicios de inversión después de la citada fecha para solicitar servicios de inversión que activen la obligación de Transaction Reporting (comunicación de las operaciones ejecutadas por los clientes)”.

ESMA y las NCA afirman ser conscientes de la preocupación mostrada por algunos centros de negociación sobre la necesidad de contar con tiempo adicional para contactar con todos los emisores no UE cuyos instrumentos financieros se negocian en centros de negociación europeos, con el objetivo de informarles sobre las obligaciones de MiFIR y MAR y obtengan sus códigos LEI. Por tanto, para la facilitar la introducción del código LEI, ESMA ha comunicado que permitirá durante un periodo de seis meses que las ESI ofrezcan servicios de inversión que activen la obligación de Transaction Reporting a un cliente del que no ha obtenido previamente el código LEI con la condición de que antes de la realización del servicio la ESI obtenga la documentación necesaria de su cliente para solicitar dicho código en su nombre. La segunda condición es que los centros de negociación tendrán que informar de sus propios códigos LEI en lugar de los códigos LEI de los emisores no pertenecientes a la UE, mientras se contacta con dichos emisores no UE.

Desde CNMV han comentado sobre este comunicado que “la rigurosa identificación de todas las partes relevantes en la comunicación de operaciones es clave para la supervisión eficiente y efectiva de las actividades de las empresas de servicios de inversión y para asegurar que actúan de forma honesta, imparcial y profesional y promoviendo la integridad del mercado”. Insisten en que, para una correcta supervisión del mercado, el reporte de datos deberá identificar tanto a la persona que ha tomado la decisión de inversión como a los responsables de su ejecución.

Es decir, que con el último comunicado de ESMA lo que se está aclarando es que las ESI podrán realizar un servicio de inversión que active la obligación de Transaction Reporting a un cliente del que no ha obtenido previamente el código LEI de forma temporal, y con la condición de que antes de la realización del servicio la ESI obtenga la documentación necesaria de su cliente para solicitar el código LEI en su nombre: “La ESI debe solicitar de manera inmediata la emisión del código LEI en el nombre del cliente. Una vez obtenido el código LEI, la ESI debe remitir el correspondiente reporte de datos”.

Durante este periodo de tiempo, las NCA supervisarán de cerca los reportes sobre operaciones para comprobar que sean puntuales, exactos y completos. CNMV indica que esta situación “obligará también a las autoridades nacionales competentes a modificar de manera temporal una regla de validación en sus sistemas de reporte de datos para permitir que acepten la comunicación de operaciones en las que la fecha de emisión del LEI sea posterior a la fecha de ejecución de la operación”. Las empresas de servicios de inversión podrán contactar con su NCA para los detalles específicos de estos ajustes.

CNMV destaca la creación de la figura del Agente de Registro por parte de la Global Legal Entity Identifier Foundation (GLEIF) para agilizar la emisión de códigos LEI: “Un Agente de Registro ayuda a las personas jurídicas a acceder a la plataforma de organizaciones responsables de emisión de códigos LEI que llevan a cabo la emisión del código y los servicios relacionados” (leer más).

Breve recordatorio

La autoridad europea recuerda que, por norma general, ninguna ESI podrá ofrecer ningún servicio que active la obligación de Transaction Reporting en nombre de un cliente antes de obtener el código LEI de ese cliente. Por otra parte, los centros de negociación también estarán obligados a identificar a cada emisor de un instrumento negociado en sus sistemas con un código LEI al hacer el envío diario a la base de datos de referencia de instrumentos financieros: Financial Instruments Reference Data System (FIRDS).

ESMA insiste en que estos requerimientos son de aplicación para todos los clientes de empresas de servicios de inversión de la UE y a cualquier entidad emisora de instrumentos financieros negociados en centros de negociación europeos: “Las ESI y los centros de negociación de la UE están obligados a informar sobres los códigos LEI de estas entidades (clientes o emisores) independientemente de dónde estén establecidos e indistintamente de si en su propia jurisdicción están sujetos a los requerimientos del LEI”.