ESMA recuerda las obligaciones de las firmas de inversión en un contexto de mayor actividad del inversor retail

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En una carta a las instituciones financieras, la Autoridad Europea de Mercados y Valores (ESMA por sus siglas en inglés) ha recordado las obligaciones de conducta de las entidades que se rigen bajo MiFID II. La alerta se produce tras ser notificada por varias autoridades nacionales competentes de un incremento significativo de cuentas de inversión abiertas por inversores retail y un auge en el trading por parte de dichos clientes.

La expansión del COVID-19 a nivel global y las medidas de confinamiento adoptadas por los países en consecuencia han provocado un gran shock a la economía mundial y a los mercados financieros. Esa mayor incertidumbre ha resultado en una mayor volatilidad del mercado y un incremento de los riesgos de mercado, crédito y liquidez. En en este marco que ESMA ha querido resaltar los riesgos para los clientes retail de un contexto de alta incertidumbre y circunstancias de mercados sin precedentes.

“Hemos querido lanzar este comunicado para llamar la atención de las firmas y clientes hacia estos riesgos y para recortado a las instituciones de inversión de sus obligaciones de conducta de negocio bajo MiFID II”, explican. De hecho, la autoridad defiende que las entidades tienen una responsabilidad aún mayor al dar servicios de inversión a aquellos clientes que tienen limitados conocimientos o experiencia de inversión y que deciden hacerlo en tiempos de intensa volatilidad de mercados.

Particularmente, ESMA hace hincapié en los requerimientos de gobernanza de producto, diseminación de información, idoneidad y adecuación. “Las firmas deben tener en marcha los procedimientos adecuados de gobernanza de producto para asegurarse de que los instrumentos financieros solo se ofrecerán en interés del cliente”, insisten. Entre otras cosas, las firmas deberán determinar el mercado objetivo y estrategia de distribución adecuada para los instrumentos financieros que creen o tengan intención de ofrecer.

También insiste en los requerimientos de idoneidad y adecuación. “Cuando se ofrezca consejos de inversión o gestión de carteras, las firmas deberán obtener la información necesaria sobre los conocimientos y experiencias el cliente o potencial cliente, su situación financiera, incluyendo su capacidad para soportar pérdidas, así como sus objetivos de inversión, incluyendo su tolerancia al riesgo, para valorar si el producto financiero o servicio es adecuado”, explican. Además, ponen énfasis en que las entidades presten una atención especial a las posibles ramificaciones de la crisis del COVID-19 en la situación personal del cliente y el perfil de riesgo de sus inversiones financieras para asegurarse de que son adecuadas para su caso particular.