Ha emitido a consulta estándares técnicos sobre la tipología de fondos y fija un año como liquidez mínima para distinguir entre los dos tipos.
La autoridad europea de mercados de valores, ESMA, ha lanzado un documento de consulta en el que plantea conceptos clave de la Directiva de gestoras de inversión alternativa, AIMFD, normativa que proporciona el marco legal vigente a partir de julio de 2013 para los fondos de inversión alternativos y sus gestoras.
Las gestoras que han de opinar sobre estos aspectos, hasta el 1 de febrero de 2013, con el objetivo de que ESMA finalice la normativa en la primera mitad del año para dar tiempo a las entidades a su implantación, ha emitido a consulta un borrador sobre estándares técnicos relacionados con la tipología de las gestoras alternativas, para asegurar una aplicación uniforme de la ley.
Así, esos estándares distinguen entre gestoras de fondos alternativos cuyos inversores tienen derecho a realizar reembolsos de forma al menos anual (los considerados fondos abiertos) y aquellos con liquidez menos frecuente (considerados cerrados).
ESMA considera que en un fondo abierto el reembolso debe llevarse a cabo a un precio no muy distinto al del valor neto de la participación del fondo en el momento de la transacción y considera apropiado introducir normas relativas al tratamiento de las estructuras híbridas (por ejemplo, un fondo que durante un cierto periodo de su vida encaja en la definición de fondo cerrado y debido a un cambio en la política de liquidez pasa a ser abierto, o a la inversa). Por eso propone que cualquier cambio de política implique también un cambio en las normas de reembolso que recoge la normativa.
La autoridad también pregunta a los gestores sobre si creen necesario establecer una mayor tipología de gestores alternativos de la existente actualmente.
Las actuales guías de ESMA, que pretenden clarificar las reglas que serán aplicables a hedge funds, fondos de capital riesgo e inmobiliarios, se centran también en aclarar las entidades que caen bajo la normativa en la Unión Europea. Para ello, ESMA ha puesto a consulta criterios sobre la clasificación de los vehículos de inversión colectiva alternativos, su forma de levantar capital, la forma de definir su política de inversión y el número de inversores necesarios en un segundo documento sobre el que los gestores han de opinar.
Ambos documentos siguen a otro anterior puesto a consulta por ESMA el pasado 23 de febrero.