Inverco defiende a planes de pensiones y sicav ante el informe de la AIReF sobre beneficios y gastos fiscales

Ángel Martínez-Aldama, Inverco
Cedida

AIREF ha publicado hoy un informe analizando trece beneficios fiscales por un importe acumulado de 35.000 millones de euros, sobre un total de gasto fiscal de 60.000 millones (que representa cinco puntos del PIB).

Un análisis donde se incluyen a los planes de pensiones (1.643 millones de gasto fiscal) y a las sicav (214 millones de gasto), que suponen el 2,1% y el 0,6% del importe analizado por la AIREF, y el 1,3% y el 0,4% del total de gastos fiscales (respectivamente). Ante este informe, Inverco ha salido en defensa de los planes de pensiones y sicav.

Respecto a las pensiones, la patronal señala la necesidad de reformulación completa del beneficio fiscal de manera coherente con las recomendaciones que se acuerden en el Pacto de Toledo sobre ahorro complementario a largo plazo.

Inverco comparte la necesidad de dicha reformulación, sobre la base de las siguientes propuestas. En primer lugar, potenciar los incentivos al segundo pilar (planes de Empleo), incorporando sistemas de autoafiliación de demostrado éxito internacional y recuperando para las empresas los incentivos que, a pesar de las Recomendaciones del Pacto de Toledo.

Por otro lado, teniendo en cuenta la estructura del mercado laboral en España, creen que el estímulo y la promoción de los planes de pensiones deben seguir recayendo tanto sobre el segundo como sobre el tercer pilar. Recuerdan que, según la OCDE, el 57% del empleo es no estándar (trabajadores que no trabajan por cuenta ajena y cuyo contrato no es a tiempo completo).

Finalmente, consideran que el actual tratamiento fiscal de los Planes de Pensiones debe mejorarse, pues si bien el tratamiento de las aportaciones es similar al estándar internacional, el de las prestaciones demanda una sustancial mejora que aproxime el atractivo fiscal del ahorro previsión en España al de otros países europeos. En este contexto, piensan que el nuevo Plan de Pensiones Personal Paneuropeo (PEPP), impulsado por la Comisión Europea, que empezará a comercializase en 2021, responde a la necesidad de incentivar el desarrollo del tercer pilar.

Respecto al tratamiento fiscal de las aportaciones, subrayan que no puede tacharse de regresivo y que se trata de un salario diferido, no una exención de impuestos. Desde su punto de vista, “en España los incrementos de patrimonio tributan en todos los productos financieros como rendimiento del ahorro (al 19%, 21% ó 23%), salvo los derivados de los planes de pensiones, que lo hacen al marginal. Esta anomalía debería corregirse”.

Sicav

En el capítulo dedicado a las sicav, AIREF menciona que de su análisis no se han obtenido resultados concluyentes, si bien recomienda reforzar los requisitos para mejorar el cumplimiento efectivo de la naturaleza colectiva de la inversión (por ejemplo, fijar un importe máximo de participación por accionista).

La asociación comparte con AIREF la consideración de que la legislación española de sicavs es más restrictiva que la del resto de países en cuanto a su definición de inversión colectiva. Así además de la obligatoriedad de cotizar en el mercado alternativo bursátil, la norma española establece un número mínimo de accionistas para beneficiarse del tipo reducido, que solo existe en Portugal, y no en ningún otro país europea ni en la propia directiva UCIT que regula este instrumento.

Inverco hace tres consideraciones: recuerda que a la aplicación de un tipo de gravamen del 1%, se suma la tributación del accionista cuando transmita sus acciones que será igual que la de cualquier otro instrumento de ahorro, señala que el 16% de la cartera patrimonial de las sicav es doméstica y advierte de que existe el riesgo de deslocalización de las decisiones de inversión.

Según la asociación, “el permanente cuestionamiento del régimen fiscal de las sicav está produciendo un daño irreparable a la permanencia de estos vehículos de ahorro dentro del sistema financiero español, sobre todo si se tiene en cuenta que, en el marco del mercado común europeo, esta importante fuente de ahorro puede fácilmente canalizarse a través de sicav domiciliadas en otros Estados Miembros y registradas en España para su comercialización, con verdadera neutralidad fiscal (sin gravar con Impuesto sobre Sociedades), y sin un número mínimo de accionistas”.

En este sentido, apuntan que “el marco normativo actual de las sicav ya es más gravoso, por lo que cualquier medida adicional que nos aleje aún más de este régimen comunitario resultará perjudicial para el desarrollo de la actividad de gestión española y, además, tendrá efectos negativos sobre la financiación de nuestra economía, la generación de empleo y la recaudación de impuestos (no por el cambio de vehículo, pues los inversores seguirán tributando lo que les corresponda, sino por la pérdida de ingresos y empleo en las gestoras españolas y en todos los operadores locales que contribuyen a su funcionamiento)”.