La administración concursal de Banco Madrid determina que Interdin es una cuenta única

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Hace unos días, Banco Madrid Gestión de Activos, la gestora del banco perteneciente al grupo andorrano BPA, solicitaba la separación de los activos titularidad de las IIC para que no se vean afectadas por el concurso. Una solicitud que aún no se ha sido respondida -al menos de manera pública- por los administradores concursales, y que contaba con el respaldo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), quien ha pedido a los administradores el traspaso de los activos de las IIC depositadas en Banco Madrid. Una operación que a día de hoy no se ha producido.

Sin embargo, los administradores concursales sí han dado respuesta a la CNMV en otro caso, el de Interdin, la sociedad de valores de la entidad. Según indica la administración, integrada por Pedro Martín Molina (Legal y Económico Administradores Concursales), Francisco Vera (Data Concursal) y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, “sólo tienen constancia que en Banco Madrid hay una cuenta corriente en la que figura como titular único Interdin, sin que exista ningún detalle de clientes (con asignación a saldos individualizados)”.

De esta manera, apuntan, se responde al requerimiento de la CNMV acerca del desglose del saldo de la cuenta de Interdin Bolsa, Sociedad de Valores. “Es por ello, que no le resulta posible a esta Administración Concursal reconocer saldos y créditos a personas diferentes de las que figuran como titulares en la cuenta corriente abierta en Banco Madrid”, señalan. No obstante, concluye, “Interdin no tendrá un trato diferente del que correspondería a cualquier otro cliente o acreedor en el procedimiento concursal”.

En este sentido, determinan, “la administración concursal da respuesta a la carta remitida por la CNMV, como órgano regulador, para que actúe en consecuencia”. Según las últimas cifras aportadas por la sociedad de valores, la posición global de la cuenta de Interdin ascendía a los 24,4 millones. En cuanto al número de clientes, se estima que la entidad tiene más de 6.000 inversores. 

Un mes antes...

En su último comunicado del 31 de marzo de 2015, al mismo tiempo que Interdin concretaba que, en coordinación con la CNMV y dentro del proceso de intervención de la sociedad de valores, se había procedido a individualizar y reembolsar a la cuenta bancaria asociada, los saldos de sus clientes que se encontraban segregados en otras entidades de crédito distintas a Banco Madrid en el momento de la suspensión de actividades del mismo; se manifestaba también que se había procedido a emitir a sus clientes un documento acreditativo de su saldo en Interdin Bolsa, que detalla cómo se descompone su saldo actual entre la cuenta en Banco Madrid (bloqueado) y en otras entidades (donde la orden de reembolso ya se ha realizado).

“Con respecto a la parte de su saldo que permanece aún bloqueada en Banco Madrid”, puntualizaba la entidad, “desde Interdin seguimos reclamando nos sean devueltos los saldos depositados en esta entidad cuya titularidad corresponde a nuestros clientes, o en su defecto, se proceda a la individualización de los saldos acreedores del banco con cada uno de los titulares, con el objetivo final de conseguir la protección del dinero depositado, hasta 100.000 euros por titular, del Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios”. Tal y como se conoce hoy, la administración concursal no ha aceptado esta solicitud. 

Aunque la Ley del Mercado de Valores establece expresamente el derecho que asiste a todos los clientes de una Empresa de Servicios de Inversión, para reclamar la propiedad de los fondos previamente entregados a la misma y que hayan sido correctamente segregados. En el caso de Interdin, exponen, “la particularidad es que los fondos de los clientes están bloqueados, no por la ESI sino por una entidad bancaria, circunstancia ésta de la que no había precedente, por lo que el proceso de clarificación por parte de las autoridades implicadas está resultando algo más complicado de lo previsto”.

En ese momento, desde el broker compartían que “la no consecución de la individualización de los saldos acreedores, implicaría la liquidación de Interdin. En ese caso usted estaría cubierto por el Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN), también hasta 100.000 euros por titular. Desde Interdin seguimos y seguiremos luchando para que esto no suceda”.