La CNMV aligera los procesos de comunicación y autorización previa de las SGIIC y ESI

Teclado
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Tras haber estado abierta a comentarios públicos, el BOE ha publicado la Circular 1/2013, de 30 de enero, de la CNMV, sobre comunicación de informaciones relativas a ESI y sus sociedades dominantes y a SGIIC (la “Circular”). Este nuevo texto entrará en vigor a partir del 11 de marzo. Consulta aquí el texto publicado en el BOE.

"La obligatoriedad de comunicar a la CNMV aquellas modificaciones que impliquen variaciones en las condiciones de la autorización de las ESI y las SGIIC ya venía establecida por la Ley del Mercado de Valores y el Real Decreto 217/2008 (para las ESI) y por la Ley 35/2003 y el Real Decreto 1082/2012 (para las SGIIC). Con esta nueva Circular se concreta y desarrolla el régimen de tales comunicaciones, el contenido de las obligaciones de información, así como la forma y los plazos para realizarlas", explican los expertos de Baker & McKenzie. 

Hasta ahora, no existía una Circular de CNMV que regulara la comunicación con las SGIIC por lo que este nuevo texto sistematiza en una sóla norma la comunicación de las ESI y las SGIIC y les otorga a ambas el mismo rango. "Valoro positivamente este texto, es una ciruclar menos regulatoria que las normas anteriores y que aligera muchos procedimientos lo cual es bueno para las entidades", explica Ramiro Martínez-Pardo, director del área de consultoría para la Internacionalización de Empresas Financieras y Procesos Corporativos de Gomarq.

Algunos de los aspectos que modifica son la eliminación en la necesidad de comunicar previamente cambios en los consejeros de las entidades cuando ya forman parte de la misma, o si son reelegidos o la necesidad de autorización previa para la delegación de funciones en entidades terceras. En este caso, a partir de ahora, tan sólo habrá que comunicarlo al supervisor. También elimina la necesidad de comunicar ni de recibir autorización previa por cambio de estatutos de la sociedad.

Sí mantiene otras obligaciones como la de informar en el caso de apertura o cierre de sucursales o cuando se adquieren participaciones significativas en otras empresas.

En las próximas semanas está previsto que el BOE publique también la Circular sobre el KIID.

Consulta aquí el texto publicado en el BOE.