La CNMV tendrá en cuenta en su labor los dictámenes de ESMA sobre instrumentos complejos

ElviraRodriguez
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El supervisor español, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), acaba de comunicar su decisión de tomar en cuenta en su labor supervisora los contenidos de los dos últimos dictámenes emitidos por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés), uno referido a prácticas MiFID para la comercialización de instrumentos financieros complejos y otro a buenas prácticas para el diseño, emisión y comercialización de productos estructurados.

La CNMV pone el foco en temas de relevancia como la due diligence, la desinversión, sus costes y la obtención de liquidez o la política de distribución del producto según un enfoque basado en el riesgo cuando se realiza el seguimiento por la función de cumplimiento normativo.

Requisitos organizativos y de control interno

Si las entidades, de acuerdo a su propio análisis interno (o due diligence) del instrumento, presumieran que éste no actuaría en interés del cliente, deberían abstenerse de recomendar su compra o, incluso, de comercializarlo.

ESMA considera que una due diligence debería abarcar la identificación y análisis del público objetivo para el que el instrumento resulta apropiado, así como de aquél para el que no lo es; la determinación de la metodología a emplear para establecer el precio final de los instrumentos y los procedimientos de evaluación de la adecuación del perfil de rentabilidad-riesgo del producto al público objetivo establecido. Respecto a este último punto, podrían emplearse simulaciones respecto al rendimiento esperado del instrumento.

Sobre el personal de las entidades recaerá también una gran parte de la responsabilidad, ya que las firmas deben asegurarse de que éste cuenta con los conocimientos necesarios para entender las características de los productos comercializados y cuándo resultan adecuados a las circunstancias del cliente.

Información a clientes

El supervisor comunitario cree que podría proporcionarse a los clientes una indicación del valor de desinversión del instrumento inmediatamente después de la transacción, asumiendo que las condiciones de mercado se mantienen inalteradas. También considera adecuado que se informe a los clientes minoristas de las dificultades que pueden existir para obtener liquidez, de las consecuencias potenciales de intentar vender o cancelar anticipadamente el instrumento financiero y, en particular, el impacto que las comisiones o cargos de cancelación pueden tener sobre el importe a reembolsar.

Seguimiento por la función de cumplimiento normativo

Para ESMA, esta función debería aplicar un enfoque basado en el riesgo, de forma que “a mayor complejidad de los instrumentos comercializados, más recursos destine a su examen”.

Dentro del seguimiento periódico de los productos, debería evaluarse si continúan siendo adecuados para el interés de los inversores o si resulta necesario introducir algún cambio en la política de distribución del producto.

¿Productos englobados?

A pesar de que la CNMV en su comunicado no hace ninguna referencia directa a tipos de fondos españoles concretos, lo cierto es que, hace una semana, su presidenta, Elvira Rodríguez, durante la gala de los premios de Expansión y Allfunds Bank, anunció que el supervisor español clasificará a los fondos de inversión estructurados como productos complejos, apartado en el que estarán incluidos los fondos con un objetivo concreto de rentabilidad, una tipología muy demandada y comercializada en el último año por las grandes redes bancarias nacionales.