La Unión Europea alcanza un acuerdo sobre MiFID II

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Cedida por la Comisión

Más de dos años después de que la Comisión presentara su propuesta para reformar la Directiva sobre mercados de instrumentos financieros (conocida como MiFID en sus siglas en inglés), el Parlamento y el Consejo por fin han llegado a un principio de acuerdo durante la noche del pasado martes al miércoles 15. El texto adoptado bajo la recién estrenada presidencia griega, aún está pendiente de que la Comisión y el Parlamento lo redacten como Directiva para ser ya sometida a la votación del Pleno del Parlamento. Se trata de unos trámites técnicos en los que no se prevé cambio alguno y que finalizarán, en todo caso, antes de mayo.

En diversos comunicados emitidos ayer, las instituciones europeas involucradas se felicitaron por el texto adoptado. No obstante, el comisario europeo de servicios financieros Michel Barnier lamentó que “la ambiciosa proposición” de la Comisión previendo un régimen de transparencia no sólo para instrumentos como las acciones, sino también para activos como las obligaciones o los derivados, “no haya sido plenamente seguido”.

En todo caso, Barnier calificó MiFID II como “un paso importante” en este campo. Un paso que, como así explica María Gracia Rubio de Baker & McKenzie, “de no haberse dado ya no habría sido posible que este Parlamento aprobase la Directiva y habría sido necesario esperar a que se celebrasen las elecciones europeas y se formase una nueva Comisión y un nuevo Parlamento para tener una revisión de MiFID. Esto habría sido malo, no solo porque MiFID se ha quedado obsoleto en muchos aspectos, en particular por la regulación relativa a los mercados, sino porque cada vez habría sido mayor la distancia entre la regulación estadounidense y la europea”. 

En síntesis, la bandera que enarbola MiFID II es la de la seguridad, la eficacia y la transparencia de los mercados en aras de la mayor proyección de los inversores y la lucha contra la especulación, principalmente en los mercados de materias primas.

Como así resumió Barnier en su comunicado, MiFID II hará que la negociación organizada de los instrumentos financieros se desarrolle en plataformas de negociación multilaterales y bien reguladas. Se establecen también reglas de transparencia estrictas que prohibirán la negociación anónima de las acciones y de otros instrumentos que puedan ser obstáculo para la formación de precios. Asimismo, las empresas de inversión deberán respetar normas más estrictas a fin de que los inversores puedan estar seguros de que los productos en los que invierten están adaptados a su perfil y que sus activos están bien protegidos. Se regula así el asesoramiento, principalmente en lo que afecta a la remuneración. Se establece un sistema que limitará las posiciones que los traders tienen en derivados de materias primas y respecto a las operaciones de trading de alta frecuencia, las entidades que lo realicen deberán poner en marcha sistemas de corto circuito para evitar la fuga masiva de los activos. 

Según explica Sara Gutiérrez de Deloitte, el acuerdo recoge “la distinción entre asesoramiento como se prestaba hasta ahora y el asesoramiento independiente”. De esta forma, aclara, “aquellas entidades que decidan prestar el asesoramiento independiente no podrán cobrar incentivos o retros de terceros”. Asimismo, Gutiérrez entiende que “este acuerdo afectará a otras iniciativas en curso como PRIPs y la Directiva de Mediación de Seguros, probablemente incluyendo dentro del concepto de instrumentos financieros a productos que hasta ahora quedaban fuera del ámbito de aplicación de MiFID”.