Los asesores tendrán que intensificar sus prácticas de información

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malglam, Flickr Creative Commons

La normativa Europea MiFID II, que actualmente está debatiéndose en Europa, tendrá consecuencias en los modelos de negocio de las entidades que cobran retrocesiones en su actividad de asesoramiento o que asesoran sobre un número limitado de productos. Pero también exigirá mayores esfuerzos de información, según apuntó Lucrecia Mosquera, técnico de la Dirección de Autorización y Registro de Entidades de la CNMV,  en la tercera edición de la conferencia “Gestores patrimoniales y agentes financieros de banca privada 2013”, organizada por iiR España y patrocinada por Andbank, Bankinter y Hiscox.

Así, y además de mejorar la independencia del asesor, uno de los objetivos de la norma es definir cómo deberán ser los seguimientos a las recomendaciones formuladas, lo que obligará a realizar reevaluaciones de la idoneidad de las mismas, tanto en el asesoramiento continuado como puntual.

En este sentido, la normativa española ya establece que, junto a las recomendaciones, los asesores han de justificar la adecuación de las mismas a las características y objetivos de los clientes (Real Decreto Ley 24/2012 de las entidades de crédito que modifica el artículo 79 bis de la Ley de Mercado de Valores). Además, la CNMV prepara una circular que desarrollará las obligaciones de información de forma que las entidades puedan acreditar el cumplimiento de la ley (recabando copia firmada por el cliente o por otro medio) y estableciendo medidas para garantizar que en el asesoramiento vía telefónica u online la información del cliente se recaba de forma correcta y sin manipulaciones.

Las directrices de ESMA de junio de 2012 también anticipan aspectos relacionados con la información, pues establecen que las ESI deben tener procedimientos adecuados que permitan evaluar la idoneidad de las recomendaciones (evitando la autoevaluación del cliente), recomendar solo sobre aquellos productos de los que tengan conocimiento y velar por que los empleados tengan también experiencia y conocimientos en dichos vehículos.

Esas directrices aplican asimismo el principio de proporcionalidad, de forma que la ley pedirá más información a aquellos que asesoren sobre una mayor parte del patrimonio de sus clientes, y también a los que asesoren a clientes de más edad o acceden al servicio por primera vez. Y establece que, de no recabar la información necesaria, no podrán prestar el servicio.

Además, en asesoramiento continuado MiFID II establecerá procesos para que se actualice la información del cliente, aunque el nivel II de la normativa deberá decidir qué parte ha de actualizarse, cómo (vía reunión con el cliente o vía cuestionario) y con qué criterios de periodicidad (como podría ser el nivel de riesgo), según Mosquera.

Asesoramiento de productos complejos

Además de mejorar la independencia del asesor y revisar las recomendaciones, MiFID II también obligará a ajustes de negocio en la medida en que ampliará, según Mosquera, el concepto de asesoramiento a los productos complejos: “La ley entiende que la comercialización de un producto complejo exige información adicional que excede a la que se proporciona ahora en el proceso y pretende que quede englobada siempre bajo el concepto de asesoramiento”. Es decir, que no podrán simplemente comercializarse y deberán ofrecerse bajo una actividad de asesoramiento, lo que tendrá consecuencias en la política comercial de muchas entidades.