Los side-pockets continúan pendientes de su fiscalidad

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La crisis financiera iniciada en 2007 provocó la iliquidez de numerosos activos en cartera y la incapacidad de gestionar las inversiones con el lastre de unos títulos que ni se podían valorar ni vender en el mercado. A través del Real Decreto 749/2010, de 7 de junio de 2010, se modificó el Reglamento de IIC para, entre otras cuestiones, desarrollar los requisitos a cumplir para la creación de IIC o compartimentos de propósito especial, conocidos como side-pockets. Esta figura se incorporó en la legislación española a través del nuevo artículo 28 bis introducido en la Ley de IIC por la Ley 5/2009, de 29 de junio. El objetivo de los side-pockets era separar esos activos poco líquidos para continuar con la gestión normal de la cartera sin que esos títulos dificultaran la operativa.

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