Nuevo Régimen Aplicable para las Acciones al Portador en Panamá.

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Kamil Molendys, Unsplash

La Ley hace una distinción entre lo que es un custodio autorizado local y uno extranjero. El custodio local autorizado para los certificados de acciones emitidas al portador son los bancos con licencia general y las fiduciarias establecidas en Panamá, regulados por la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), así como las casas de valores y centrales de valores establecidos en Panamá y regulados por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá (SMV), permitiendo de igual manera que los abogados que se encuentren debidamente inscritos ante la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en un registro especial, sean también considerados como custodios locales autorizados.

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