Análisis de Deloitte sobre la Circular de CNMV de categorías de IIC

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Gloria Hernández, directora del área de Derecho Financiero de Deloitte, explica la finalidad y novedades de la consulta que ha lanzado esta semana CNMV para modificar las categorías de IIC (leer noticia).

El 10 de enero de 2011, la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha publicado en su página web el Proyecto de Circular que modifica parcialmente la Circular 1/2009, de 4 de febrero, de la CNMV, (“Circular 1/2009”) sobre las categorías de instituciones de inversión colectiva (“IIC”) en función de su vocación inversora (“Proyecto”), que se encontrará sometido a audiencia pública hasta el 10 de febrero de 2011.

Finalidad del Proyecto

Modificar parcialmente la Circular 1/2009 con un doble objetivo:

- Adaptar la vocación monetaria a la definición armonizada de fondos monetarios establecida por el Committee of European Securities Regulators (“CESR”).

- Introducir mejoras técnicas en la definición de algunas vocaciones.

Con este doble objetivo, se pretende mejorar la protección al inversor proporcionándole información más clara y transparente sobre los tipos de IIC en las que invierte.

Novedades que introduce el Proyecto

Las principales novedades son las siguientes:

- Mayor discrecionalidad a la CNMV: se otorga mayor discrecionalidad a la CNMV, puesto que se prevé la posibilidad de que, pese a que la vocación inversora de una IIC encaje en alguna definición de las de la Circular 1/2009, la CNMV pueda variarla si lo considera adecuado.

- Nueva categoría de IIC monetarias: la vocación de monetario se clasifica en dos categorías, aquellas IIC que presentan mayores restricciones en cuanto a su duración y vencimiento (monetarios a corto a plazo) y aquellas otras IIC que operan en un entorno menos restrictivo (monetarios). Esta nueva clasificación recoge la propuesta del CESR (mayo de 2010) en esta materia cuyo objetivo no era otro que proporcionar un entendimiento más detallado de la distinción entre fondos que operan de una manera muy restrictiva y aquellos otros más permisivos, todo ello a fin de mejorar la protección al inversor.

Adicionalmente, el Proyecto incluye las siguientes novedades:

- Cómputo de los porcentajes de inversión: se tendrán en cuenta tanto las inversiones de contado como las de derivados (exposición total de la IIC frente a exposición en términos de patrimonio).

- Inversiones incluidas en la exposición total: las inversiones en valores de renta variable emitidos por entidades radicadas fuera del área euro y el riesgo divisa también se considerarán en términos de exposición total.

- Referencia a IIC cotizadas: en concordancia con la última modificación del Reglamento de IIC, se sustituye la referencia a fondos cotizados por la de IIC cotizadas.