Consejos para ahorrar en la declaración de la renta

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Cedida

En muchas ocasiones el inicio de la campaña de renta hace pensar a los contribuyentes si podían haber reducido la elevada cantidad a pagar o haber obtenido una devolución mayor por parte de Hacienda.

OPTIMA Financial Planners realiza un repaso de los aspectos más relevantes para que los ciudadanos puedan ahorrar en el Impuesto sobre la Renta.

Compra de vivienda: aunque se ha suprimido la deducción de la vivienda habitual, el fin de la misma no afecta a la campaña de la renta de 2012, ya que este cambio se aplica a las viviendas adquiridas a partir del 1 de enero de este año. Este año los contribuyentes hipotecados podrán deducirse el 15% de 9.040 euros al año, es decir, 1.356 euros sobre el importe financiado. Si el contribuyente está casado en sociedad de gananciales se recomienda que realicen la declaración por separado para poder deducirse 9.040 euros cada uno, que en total, serían 18.080 euros.

Realización de obras de mejora: Hacienda también ofrece la posibilidad de desgravación a aquellas personas que hayan ampliado la superficie habitable de la vivienda o hayan llevado a cabo obras para su rehabilitación o adaptación para las personas con discapacidad. A partir de este año ya no se concederán más estas ayudas.

En estos casos, se pueden deducir los importes pagados antes del fin del 2012 y siempre que las citadas obras estén terminadas antes del 1 de enero de 2017. La desgravación asciende al 15% del importe invertido, con un límite de inversión anual de 9.040 euros para ampliación y rehabilitación, mientras que la deducción para obras de adaptación de personas con discapacidad es del 20%, con un límite de 12.080 euros.

Arrendamiento de vivienda: el arrendatario podrá deducirse hasta un 10,05% de la cantidad que haya pagado, siempre y cuando su renta sea inferior a 24.107 euros (unos 90 euros más que la pasada campaña). La base máxima de deducción crece ligeramente, aunque varía en función de los ingresos del inquilino.

Los propietarios verán libre de impuestos hasta el 60% de lo que hayan ingresado por el alquiler. El porcentaje aumentará incluso al 100% para quienes hayan alquilado su casa a jóvenes de entre 18 y 30 años (ó 35 años si el contrato se firmó antes de este año).

Planes de pensiones: la aportación a planes de pensiones reduce la base imponible del año de la aportación. El límite de las aportaciones es de 10.000 euros o del 30% de los ingresos, cantidades que ascienden a 12.500 o el 50% de la renta para mayores de 50 años. Los ingresos anuales del participe son los que determinan el mayor crédito fiscal. Es ventajosa la aportación del contribuyente con rentas elevadas.

Pérdidas patrimoniales debidas al juego: es posible la compensación de las pérdidas en el juego obtenidas en el periodo impositivo con las ganancias obtenidas en el juego en ese mismo periodo y hasta el límite de éstas últimas, de manera que sólo tribute la ganancia patrimonial neta. No se computarán en ningún caso las pérdidas derivadas de la participación en juegos organizados por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado, CCAA, ONCE, Cruz Roja Española y entidades análogas de carácter europeo.

Plusvalía por la venta de acciones, fondos de inversión, derivados e inmuebles: en la declaración de 2012 tributarán integrándose en la base del ahorro fuera el que fuera su periodo de generación.

Premio para la adquisición de inmuebles urbanos en 2012:  la compra de cualquier inmueble urbano realizada entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre de 2012 tiene premio, ya que por su venta posterior (no necesariamente en 2012), se puede lograr un ahorro del 50% respecto a la tributación que correspondería en dicho año. Para evitar fraudes no se admiten adquisiciones a cónyuges, parientes hasta segundo grado y entidades relacionadas con el contribuyente.

Retribuciones en especie y rendimientos obtenidos: no tributan las cantidades satisfechas por la empresa por los gastos e inversiones efectuados durante 2012 para formar a los empleados en el uso de nuevas tecnologías (ordenadores, tabletas, gastos de conexión a internet, etc.), cuando su utilización sólo pueda realizarse fuera del lugar y horario de trabajo. Tampoco las retribuciones en especie que consistan en la entrega de tarjetas de transporte para el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, cuando su importe no supere los 1.500 euros por año y trabajador.

Indemnizaciones o retribuciones elevadas: se aplica una reducción del 40%, con el límite de 300.000 euros para importes entre 700.000 y un millón de euros. A partir de esa cantidad no tiene reducción.

Pago a sindicatos, ONGS y partidos políticos: si el año pasado el ciudadano pagó cuotas sindicales, de colegios profesionales con carácter obligatorio (éstas últimas con un límite de 500 euros) o de defensa jurídica contra el empleador, su inclusión  en la declaración reducirá  la cantidad a pagar.

Lo mismo sucede con los contribuyentes que hayan realizado donativos a alguna ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y, en definitiva, entidades acogidas a la Ley 49/2002, pidiendo siempre un recibo o certificado con sus datos identificativos, fecha e importe donado. Podrá desgravarse entre un 25% y un 10% de sus aportaciones.

Desde OPTIMA Financial Planners recomendamos una adecuada planificación que puede determinar una reducción de la factura fiscal del contribuyente.