El rumbo de la regulación europea

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Imagen cedida

En Bruselas y en el resto de capitales europeas se está poniendo especial énfasis en garantizar la estabilidad financiera, si bien también se están introduciendo ciertos cambios que van a afectar a la industria de fondos. Estos cambios se enmarcan en dos categorías.

La primera de ellas está relacionada con la distribución. El Reino Unido y los Países Bajos están trabajando en la prohibición de comisiones en la venta de todos los productos financieros. Por otro lado, la propuesta de directiva MiFID II señala que los asesores “independientes” no podrán recibir comisiones por parte del proveedor del producto.

Estos cambios implicarán una reestructuración importante de la industria de fondos. En el Reino Unido, ya se pueden observar algunas consecuencias de dichos cambios. Las más obvias e inmediatas son la reducción del asesoramiento y el aumento de las operaciones limitadas a la ejecución, la aparición de ciertas soluciones tecnológicas innovadoras y, sobre todo, el aumento de los costes para el cliente final.

La segunda categoría está relacionada con la intervención. Los Países Bajos han prohibido todos los fondos cotizados, salvo los simples. Bélgica ha establecido una moratoria “voluntaria” sobre los productos “innecesariamente complejos”. En ocasiones, Francia favorece que el mercado minorista no tenga acceso a UCITS complejos, estableciendo normalmente unos niveles mínimos de suscripción muy elevados. Se dice que Luxemburgo ha denegado un certificado a un fondo UCITS basado en un índice estratégico por entender que no resultaba posible predecir cuál iba a ser el resultado para el inversor. Estas intervenciones no están respaldadas por la legislación europea y, en algunos casos, ni siquiera por la legislación nacional del país en cuestión. Está claro en qué dirección debemos avanzar.