ETF: novedades en el modelo de mercado

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Joel Filipe (Unsplash)

A finales de 2011 se produjo la migración de los Fondos Cotizados (ETF) en el mercado español a la nueva plataforma SIBE Smart. Si bien la plataforma Smart no es desconocida para los que operan en ETF, el desarrollo de la misma para la incorporación, en abril de 2012, de la Renta Variable, ha permitido una revisión del modelo de mercado aplicable a los ETF para ampliar las posibilidades de acceso a este mercado por parte de los inversores, tanto institucionales como minoristas.

Con 70 productos cotizados hasta la fecha, el mercado español cuenta con una gama amplia y diversificada de productos. Los más de 60 subyacentes disponibles permiten elegir entre distintas estrategias basadas en áreas geográficas y países, renta fija a distintos plazos, commodities, versiones apalancadas e inversas de un mismo índice y selección de valores según pequeña, mediana o gran capitalización o según criterios fundamentales.

Entre las principales novedades del nuevo modelo de mercado figura la ampliación de la tipología de órdenes, que proporciona nuevas herramientas para acceder al mercado. A las órdenes limitadas, que se ejecutan a su precio o mejor, se añaden ahora las órdenes de mercado y las órdenes por lo mejor. Si las órdenes limitadas buscan, por parte del inversor, alcanzar un determinado precio objetivo que puede coincidir o no con el vigente en el mercado en el momento de su introducción, las órdenes de mercado y por lo mejor asumen el precio vigente en mercado en ese momento, primando así la inmediatez de ejecución. Las órdenes de mercado de compra o venta se ejecutan contra los mejores precios del lado contrario, venta o compra hasta completar el número de títulos indicado. Las órdenes por lo mejor de compra o venta quedarán limitadas al mejor precio de venta o compra del lado contrario y en caso de no haber sido ejecutadas en su totalidad, podrán cancelarse o permanecer en el libro a dicho precio hasta ser completadas.

Por otro lado, las órdenes pasan a tener una validez superior al día con un máximo de 90 días, de forma que aquellas órdenes no negociadas o negociadas parcialmente en el momento de su introducción podrán permanecer en mercado hasta su ejecución total, respetando la prioridad precio-tiempo, o hasta llegar a su fecha de vencimiento.

Las novedades incorporadas se complementan con la presencia de los especialistas. Los criterios de horquilla, volumen y tiempo de presencia establecidos para los proveedores de liquidez facilitan un acceso al mercado por parte de los inversores de forma transparente, ágil y eficiente, tanto para los ETFs cotizados únicamente en nuestro mercado como para los que lo estén también en otros mercados. Para estos últimos, las condiciones de liquidez deben ser similares en los distintos mercados, minimizando así la posibilidad de arbitrajes.

Adicionalmente, para las operaciones de volumen significativo el mercado permite dos tipos de bloques, convenidos y parametrizados, que tendrán que cumplir unos requisitos de horquilla de precios y volumen mínimo, de forma que no tengan un impacto en el proceso de formación de precios pero mantengan una referencia al precio vigente en el mercado en el momento de su introducción. A estas dos modalidades se añade la posibilidad de creación y reembolso de participaciones a través de operaciones especiales.