Los desafíos del Proyecto de Ley de Regulación para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo

Jesús Pérez
Foto: cedida por el IEB.

Artículo de Jesús Pérez, profesor del IEB, sobre los cambios que incorpora el texto legal del Proyecto de Ley de Regulación para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo.

El pasado 10 de junio el Gobierno aprobó el Proyecto de Ley para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo. Entre los cambios que incorpora el texto legal se encuentran la creación de fondos de empleo de impulso público, que facilitarán la adscripción de todo tipo de trabajadores y se facilita la creación de los planes simplificados sectoriales. Se habilita así normativamente a la negociación colectiva sectorial para que establezca que el plan de empleo acordado se extienda a todas las empresas del sector.

En relación a lo anterior, nos deberíamos preguntar: ¿es que no existe ya el marco normativo de creación de planes y fondos de pensiones de empleo desde 1987 que regula este vehículo de inversión a largo plazo promovido desde las empresas? En tal caso, no se entiende bien la oportunidad de esta norma, si no que por el contrario, se debería fomentar y mejorar la regulación ya existente en materia de planes y fondos de pensiones apoyándose en la negociación directa entre trabajadores y empresa, mejorando los incentivos fiscales y aumentando la competencia en la gestión de estos vehículos de ahorro facilitando a los planes de pensiones contactar con las gestoras internacionales de fondos de pensiones para que gestionen su plan de pensiones de empleo.

De hecho, desde febrero de 2020 la regulación de planes de pensiones en España traspuso la Directiva Europea IORP II que permite que los planes de empleo sean gestionados por entidades gestoras de cualquier país de la Unión Europea. Sin embargo, en estos dos años no se ha hecho uso de esta posibilidad que parece totalmente desconocida para las comisiones de control de los planes de pensiones de empleo, que en definitiva son de las que realmente dependen las decisiones importantes de la administración de los planes de pensiones de empleo en España.

Y llegados a este punto ¿por qué desde Gobierno se quiere ahora enarbolar la bandera de la creación de planes de pensiones de empleo privados? ¿Tal vez será por las maltrechas arcas de la Seguridad Social castigadas por la evolución demográfica de España que tiende al déficit perpetuo de las pensiones, que está asustando a las instancias europeas que exigen al Gobierno que presente medidas creíbles para el mantenimiento del sistema público de pensiones en España?

Paradójicamente, a la par de la profusión legislativa anterior, el Gobierno procede a bajar los límites de aportación y deducción a los planes de pensiones, de forma que en general, un trabajador a título individual no puede aportar más de 1.500 euros al año entre todos los vehículos de previsión social existentes, dejando al empresario que le pueda aportar hasta 8.500 euros más.

No se puede pretender que de la noche a la mañana un empresario pase a aportar a un trabajador cantidades que hasta ahora no le había aportado porque hayan cambiado las aportaciones, a menos que sea el trabajador quien indique al empresario qué cantidad de su salario quiere que le ponga en forma de aportación empresarial.

Pero tampoco esto último serviría porque el criterio que establece la actual Ley de Planes y Fondos de Pensiones es que la aportación que realiza el empresario a todos los trabajadores de una misma empresa debe responder a criterios objetivos. Por ejemplo, a todos el mismo porcentaje del salario, o la misma cuantía, y eso o se reforma la ley o, aunque el trabajador y empresario se pongan de acuerdo, no podrán incrementar las aportaciones a los planes de pensiones a la carta.

Si nos centramos a los incentivos a los autónomos de la ley, el Gobierno tiene un tanto difuso el conseguir que este colectivo aporte a este sistema de ahorro, porque no hay cultura de ahorro financiero en España. Simplemente leamos la estadística de Banco de España de cómo ahorran las familias en España y vemos que el 70% se realiza en inmuebles, y el otro 30% en ahorro financiero del cual casi la mitad está en cuentas corrientes a la vista, lo cual muestra la falta de interés del ciudadano por la inversión financiera.

Tal vez se debería crear una asignatura obligatoria en los colegios de cultura financiera, para que desde pequeños se enseñe a que la capitalización compuesta de las aportaciones hace milagros en el tiempo.

Solo tenemos que ver las estadísticas de Inverco de cierre de 2021 y las de primer trimestre de 2022, donde se han desplomado las aportaciones a los planes de pensiones, de forma que los flujos monetarios de salida son mayores que los de entrada.

En cualquier caso, el escaso interés en España por este vehículo de ahorro no es nuevo, y como muestra de esto es la nula creación de planes de pensiones de empleo en España desde la crisis de 2008 y el estancamiento, si no reducción de aportaciones: sólo el 5,3% del ahorro en España se materializa en planes de pensiones. Tal vez deberíamos preguntarnos a qué se debe este escaso reconocimiento de este sistema de ahorro en España con relación a otros países desarrollados.

Tal vez encontramos la respuesta en que, históricamente, desde los diferentes gobiernos, se ha tenido miedo de que la iniciativa privada del ahorro se fagocite a la pública y ésta pierda el protagonismo implícito del voto que la gestión de dinero público lleva implícita para el gobernante.

Si realmente queremos que España progrese adecuadamente, entre todos, hagamos que el ahorro financiero privado ocupe la posición que tiene en otros países desarrollados.