Nuevo paso en el camino de las finanzas sostenibles: estrategia, EUGBS y Taxonomía

Linares abogados ana irlan y miguel linares
Miguel Linares y Ana Irlán, Linares abogados (Cedida).

TRIBUNA de Ana Irlán, directora de Sostenibilidad, y Miguel Linares, socio de Linares Abogados.

El pasado 6 de julio, la Comisión Europea (CE) publicó el nuevo plan de finanzas sostenibles, la propuesta de regulación del estándar de bonos verdes (EUGBS, por sus siglas en inglés) y la aprobación del acto delegado que desarrolla el artículo 8 de Taxonomía.

Estas novedades nos vuelven a recordar que la sostenibilidad es el elemento central de la recuperación de la UE de la pandemia de COVID-19. Y que el sector financiero es clave a la hora de contribuir a que se alcancen los objetivos del Pacto Verde Europeo, así como a los Objetivos del Desarrollo Sostenible, en el marco de la Agenda 2030.

Basándose en el Plan de 2018, la nueva estrategia tiene como objetivo apoyar la financiación de la transición hacia una economía sostenible proponiendo acciones en cuatro áreas: financiación de la transición, inclusión, resiliencia y contribución del sistema financiero y ambición global.

Así, el Plan ayudará a las empresas a financiar su transición hacia la sostenibilidad; hará que el sector financiero sea más resistente; y desarrollará iniciativas y normas internacionales de financiación sostenible. Esto ayudará a que los sectores económicos clave sean más sostenibles e inclusivos para todos los ciudadanos y las pequeñas y medianas empresas.

Estándar de Bonos Verdes

La Comisión también ha propuesto un Reglamento sobre un estándar de bonos verdes de la UE de carácter voluntario, dirigido a todos los emisores; incluidas empresas, autoridades públicas y también emisores ubicados fuera de la UE, a fin de contribuir a las inversiones sostenibles.

Los bonos verdes son ya conocidos en sectores como la producción y distribución de energía, las viviendas eficientes en el uso de los recursos y las infraestructuras de transporte con bajas emisiones de carbono. Pero lo cierto es que también existe un gran interés por estos bonos entre los inversores, ese gran grupo de stakeholders.

El estándar de bonos verdes de la UE establece un estándar de oro en lo relacionado con la manera en que las empresas y las autoridades públicas pueden utilizar bonos verdes para captar fondos en los mercados de capitales, cumpliendo al mismo tiempo estrictos requisitos de sostenibilidad.

En particular, los emisores de bonos verdes dispondrán de una herramienta sólida para demostrar que están financiando proyectos ecológicos acordes con la taxonomía de la UE. Asimismo, los inversores que compren los bonos podrán ver más fácilmente que sus inversiones son sostenibles, reduciendo así el riesgo de blanqueo ecológico.

Por otro lado, siguiendo lo indicado en la norma, los emisores deberán prestar atención a las siguientes claves:

  1. Los fondos captados mediante los bonos deberán asignarse en su totalidad a proyectos que se ajusten a la taxonomía de la UE.
  2. Debe haber plena transparencia sobre la forma en que se asignan los ingresos de los bonos gracias a unos detallados requisitos de información.
  3. Todos los bonos verdes de la UE deben estar sometidos al control de un revisor externo para garantizar el cumplimiento del Reglamento y que los proyectos financiados se ajustan a la taxonomía. Se prevé una flexibilidad específica y limitada en este caso para los emisores soberanos.
  4. Los revisores externos que presten servicios a los emisores de bonos verdes de la UE deberán estar registrados y supervisados por la Autoridad Europea de Valores y Mercados. Esto garantizará la calidad y fiabilidad de sus servicios y revisiones para proteger a los inversores y garantizar la integridad del mercado. Se prevé una flexibilidad específica y limitada en este caso para los emisores soberanos.

Cabe señalar lo importante de la alineación taxonómica: los fondos recaudados por estos bonos deberán asignarse íntegramente a proyectos que estén alineados con la taxonomía de la UE. Además, esta novedad aportará transparencia total sobre cómo se asignan los ingresos del bono a través de requisitos de informes detallados.

Este nuevo Reglamento sitúa al EUGBS como una norma relevante en términos de transparencia y credibilidad medioambiental, en línea con el objetivo de desarrollar y apoyar el mercado de de bonos verdes de mayor calidad.

Tras esta adopción, la propuesta de la Comisión se presentará al Parlamento Europeo y al Consejo como parte del procedimiento colegislativo.

Taxonomía

Recordemos que la Taxonomía establece los criterios para determinar si una actividad económica se considera medioambientalmente sostenible a efectos de fijar el grado de sostenibilidad medioambiental de una inversión.

En este sentido, el Reglamento exige que las empresas financieras y no financieras proporcionen información a los inversores sobre el comportamiento medioambiental de sus activos y actividades económicas.

La novedad de la publicación ahora es en relación con el artículo 8, que versa sobre la transparencia de las empresas en los estados no financieros y establece:

  1. El contenido y la forma en la que se presentará la información por parte de entidades no financieras, asset managers, instituciones de crédito, empresas de servicios de inversión y aseguradoras y reaseguradoras.
  2. Normas comunes en relación con los Key Performance Indicators (KPIs, por sus siglas en inglés).

Así, las empresas no financieras, sujetas al Estado de Información No Financiera (EINF), divulgarán la siguiente información:

  1. La proporción de su facturación que procede de productos o servicios relacionados con actividades económicas que se consideren medioambientalmente sostenibles con arreglo a lo dispuesto en los artículos 3 y 9 del Reglamento de taxonomía.
  2. La proporción del total de su activo fijo y la proporción de sus gastos de explotación relacionadas con activos o procesos asociados a actividades económicas que se consideren medioambientalmente sostenibles con arreglo a lo dispuesto en los artículos 3 y 9 del Reglamento de taxonomía.

Por su parte, las entidades financieras, principalmente los grandes bancos, los administradores de activos, las empresas de inversión y las compañías de seguros y reaseguros, deberán revelar la participación de las actividades económicas ambientalmente sostenibles en el total de activos que financian o invierten.

Por otro lado, es interesante conocer que la CE anunció el pasado 16 de junio la creación de un espacio en su sitio web, relacionado con la normativa de taxonomía y denominado UE taxonomy compass. Esta herramienta permite a las entidades consultar las actividades económicas y su correlación con la taxonomía e integrar la información en sus bases de datos y sistemas informáticos de forma sencilla y estandarizada.

El acto delegado se remitirá al Parlamento Europeo y al Consejo para su examen por un período de 4 meses, prorrogable una vez por 2 meses.

Con todo, deberemos seguir muy atentos a las novedades en relación con la taxonomía, ya que es es esencial y supone el denominador común a todas las normas en lo que se refiere a inversiones sostenibles.

Además, deberemos seguir pendientes de la próxima, y denominada, “taxonomía social”, sobre la que esperamos novedades a finales de este año.

Conclusión

Estamos en medio de un tsunami regulatorio. La sostenibilidad está dejando de ser algo voluntario, que las empresas hacen porque se sienten responsables de sus impactos en la sociedad y en sus stakeholders, y se está convirtiendo en un conjunto de regulaciones, no solo nacionales, sino internacionales.

No obstante, la sostenibilidad real nace del corazón del negocio, no del área de cumplimiento normativo. Sin perder esto de vista, las entidades tienen delante un reto y una oportunidad de oro para llevar a cabo su transformación sostenible, andando el camino, poco a poco, con brújula y norte.