El documento de información simplificada es ya una realidad en los fondos españoles
Tras tres semanas sin nuevos registros de fondos españoles en CNMV ha sido un fondo de Vitalgestión el primero en recibir el visto bueno por parte del regulador con el documento de datos fundamentales para el inversor, o KIID en sus siglas en inglés que, en dos páginas, ofrece toda la información necesaria para conocer el producto y que pretende homogeneizar la información dada por las distintas gestoras en toda Europa.
Así, con el número 4.406 y con fecha de registro 21 de octubre, se ha dado de alta el Vital Rendimiento Garantizado IV, un garantizado de renta fija que asegura a vencimiento, en enero de 2015, una TAE del 3,5%. El periodo de comercialización está abierto hasta el 22 de noviembre. Durante la garantía, se invertirá en activos de renta fija pública y/o privada en euros y en liquidez, con vencimiento próximo al de la garantía, de emisores OCDE. Las emisiones serán de alta calidad crediticia (mínimo A-), pudiendo invertir para obtener la rentabilidad necesaria, hasta un 25% de la cartera en emisiones públicas y/o privadas de calidad media (entre BBB+ y BBB-).
El documento de datos fundamentales para el inversor del fondo de Vitalgestión cumple con la estructura marcada para los KIID en la directiva europea UCITS. Incluye un apartado con los objetivos y política de inversión, en el que se especifica la categoría a la que pertece el fondo, otro apartado con el perfil de riesgo y la remuneración, otro con los gastos que soporta el fondo y un último con información práctica como el depositario del fondo, la fiscalidad a la que está sujeta el producto e información adicional. Como novedad, a partir de ahora, los folletos incluirán el TER del fondo y no la comisión de gestión y de depósito de manera separada, tal como se ha venido haciendo históricamente en los fondos españoles. Según han explicado fuentes de CNMV a Funds People, esto se debe a la adaptación a la directiva y, en concreto, a la elaboración del KIID que exige que se ofrezca este dato ya que, en otros países europeos es el dato de referencia del gasto del fondo y no tanto las comisiones. El TER incluye, además de las comisiones de gestión y depósito todos aquellos gastos extras en los que pudiera incurrir el fondo a lo largo del año como temas de promociones o fusiones.
Para indicar el perfil de riesgo del fondo, se incluye un baremo del 1 al 7 y se colorea el número correspondiente al perfil del fondo. Se indica que cuanto menor es el número el fondo tiene menor riesgo y potencialmente menor rendimiento y al contrario según sube la numeración de la escala.
De esta manera, los fondos españoles comienzan a cumplir con uno de los requisitos incluídos en la directiva UCITS IV y que está suponiendo un gran esfuerzo por parte de las gestoras para adaptar su información a los cánones establecidos en el documento. Entre las gestoras internacionales con presencia en España la adaptación al KIID está en distintas fases y mientras, por ejemplo, Carmignac Gestion ya desde verano ofrece el documento a sus clientes, otras todavía están trabajando en ellos. En todo caso, no será hasta julio de 2012 cuando sea obligatorio que todos los fondos comercializados en la Unión Europea cuenten con el KIID. Hasta entonces, los nuevos fondos podrán optar entre emitir directamente el KIID o bien un folleto simplificado que deberán adaptar antes del 1 de julio de 2012.
El KIID deberá ser facilitado previamente a la contratación del producto a los clientes, aunque no generará responsabilidad civil alguna para los UCITS siempre y cuando la información contenida en el mismo sea veraz, exacta y consistente.