El cambio permite la comercialización en España mediante cuentas globales de los fondos de inversión españoles, para implantar un sistema similar al de otros países europeos.
La cuentas ómnibus ya están al alcance de los fondos españoles. El Congreso aprueba hoy la modificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, en lo referente a la comercialización en el mercado interior mediante cuentas globales (cuentas omnibus) de los fondos de inversión constituidos en España. De esta forma, se implanta un sistema similar al de otros países europeos. El objetivo es reforzar la competitividad del sector de la gestión en España.
La modificación supone la sustitución del sistema actual de llevanza del registro único de partícipes por parte de la entidad gestora, por otro sistema en el que, cuando se acuerde la comercialización del fondo con un intermediario financiero establecido en España mediante cuenta global, pueda ser este intermediario el encargado de la llevanza del registro de los partícipes que sean sus clientes.
A partir de ahora, la gestora ya no dispondrá de toda la información de los partícipes del fondo, sino que parte de éstos o de sus participaciones figurarán en los registros de los comercializadores. Por ello, los comercializadores, respecto de los partícipes incluidos en sus registros, deben asumir las obligaciones en el ámbito financiero y fiscal que hacen necesaria la modificación, además, de las leyes que regulan el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.