Los participantes de la XXVI edición del Debate Legal FundsPeople consideran que el reglamento flexibiliza estos productos, pero sigue sin atajar el tema de la fiscalidad.
En febrero de 2023 se aprobó una modificación del Reglamento sobre Fondos de Inversión a Largo Plazo Europeos (conocido como ELTIF 2.0). Un tema que ha sido objeto de debate en la XXVI edición del Debate Legal FundsPeople. En el citado Reglamento que se incluyen algunas novedades que podrían potenciar el uso de estos vehículos, pero todavía quedan asuntos por mejorar.
Miguel Sánchez Monjo, socio de Cuatrecasas, opina que “con la nueva reforma vemos que hay oportunidades para estos nuevos fondos, sobre todo para estrategias donde los fondos españoles podrían no ser tan eficientes: inversión en activos inmobiliarios o infraestructuras, direct lending o fondos de fondos”, avanza.
Sánchez Monjo resume cuáles son las ventajas que trae consigo la nueva reforma: “Se simplifica la comercialización de este tipo de fondos, ya que se pueden comercializar a inversores minoristas sin volúmenes de inversión mínima, se elimina la necesidad de asesoramiento, si bien se requiere una evaluación de idoneidad favorable del inversor (o, en el caso de ser negativa, el consentimiento expreso del inversor y una manifestación de que conoce los riesgos del fondo)”. Además, indica que “sus gestores pueden entrar en el nuevo régimen previsto en la Ley de Startups según la cual el carried interest que reciban (considerado como rendimientos del trabajo) puede beneficiarse de una reducción del 50% en la base imponible”, comenta.
Algo en lo que coincide Bárbara González, counsel de Linklaters, que recuerda otras novedades importantes que convierten al ELTIF en una estructura mucho más flexible: “Al aumento del listado de activos aptos que comentaba Miguel, hay que añadir la mayor flexibilidad en lo que se refiere a los coeficientes de diversificación (que, por lo general, pasan del 10% al 20% e incluso desaparecen si no se va a comercializar a minoristas); o a la inversión mínima en activos aptos, que a día de hoy es el 70% y pasa a ser el 55%”, aclara.
Tareas pendientes
Aun así, González apunta a un escollo que limita el desarrollo de este vehículo: “Las modificaciones van a ser bienvenidas por el sector porque incluyen mucha flexibilidad y más activos aptos. Pero la fiscalidad es la gran tarea pendiente para que el vehículo despegue en España”, añade.
Es un tema que ha suscitado mucho interés en el último año. Prueba de ello es “el hecho de que muchas entidades están creando sus propias gestoras específicas para crear producto alternativo”, cuenta Elisa Ricón, directora general de Inverco.
Una oferta mayor
Además, podría abrir nuevas posibilidades para los gestores. Así lo cree Alfredo Oñoro, director de Cumplimiento Normativo de Cecabank: “Puede servir para que algunos gestores salgan de productos cerrados previos que estaban utilizando para determinadas inversiones y que exactamente con lo que querían hacer. Ahora se les da la oportunidad de utilizar otros vehículos que encajen más e, incluso, tengan mejor fiscalidad que los preexistentes a la hora de captar inversiones de clientes que puedan estar interesados en otro tipo de productos alternativos”, sugiere.
Aun así, Ricón invita a hacer una reflexión: “Cualquier oportunidad para crear nuevas figuras que sirvan para canalizar los recursos a los mercados de capitales es bienvenida. Pero el proceso regulatorio europeo debería ser más receptivo y analizar en profundidad las propuestas de la industria, que es la que ha de materializar los proyectos normativos. Basta pensar cuánto tiempo ha costado sacar algunas regulaciones que prácticamente luego no tienen representación en Europa, como el PEPP (producto paneuropeo) que hay uno en toda Europa, los ELTIF, los FESE, etc. Hay que escuchar más al regular”, concluye.