El Tribunal Supremo confirma el tratamiento fiscal discriminatorio a los fondos de inversión no residentes en España

DERECHO
Photo by Giammarco Boscaro on Unsplash

El Tribunal Supremo (TS) se manifiesta en cuanto al tratamiento fiscal de los fondos no residentes en España. En una sentencia de 27 de marzo de 2019, aplicable a un fondo de inversión armonizado irlandés que obtuvo un dividendo en 2008 (anterior a la modificación del artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes), el TS establece que las justificaciones a las restricciones a la libertad de circulación de capitales solo pueden considerarse válidas si están establecidas en la ley.

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