ESMA incluye los conocimientos fiscales y una experiencia de 5 años entre los requisitos necesarios para prestar asesoramiento financiero

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lxmith, Flickr Creative Commons

Los profesionales de las firmas de inversión, y esto incluye también a las entidades de crédito cuando presten servicios de inversión, a las gestoras de fondos y a los gestores externos de FIA cuando hagan gestión individualizada de carteras o presten servicios non-core, deberán comprender las características clave de sus productos, su riesgo y todos los costes asociados a la operación que vaya a realizar el cliente. Pero también deberán conocer las implicaciones fiscales de tales operaciones, al menos de manera general y tener una experiencia profesional no inferior a 5 años. Así lo propone la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA en sus siglas en inglés) en el documento a consulta que acaba de publicar sobre el Proyecto de Directrices para la evaluación de los conocimientos y competencias de los profesionales para dar cumplimiento con MIFID II. La consulta estará abierta hasta el próximo 10 de julio. A partir de entonces, ESMA tendrá en cuenta las respuestas y espera publicar las directrices definitivas en el cuarto trimestre del año.

La consulta sobre el proyecto de directrices especifica los criterios para la evaluación de los conocimientos y competencias de los profesionales que prestan asesoramiento o que dan información sobre instrumentos financieros, servicios de inversión o servicios auxiliares a los clientes. El documento a consulta propone que dichos criterios deben cumplirse mediante la obtención de una “cualificación adecuada” y “una experiencia apropiada" y establece las áreas de conocimiento y competencia que deberán ser evaluadas.

Estas áreas de conocimiento incluyen la comprensión de las características clave, la complejidad y los costes totales de los productos o servicios pertinentes. Asimismo, también se deberá conocer cómo funciona el mercado, su estructura y el impacto de los datos económicos; cómo utilizar las fuentes de datos y los principios de valoración. La regulación pertinente y los procedimientos internos de la empresa destinados a garantizar el cumplimiento de la Directiva MiFID II también deberán conocerse.

ESMA también propone que las autoridades competentes nacionales (en España sería la CNMV) determinen la lista de requisitos o criterios apropiados para la evaluación de las cualificaciones.

En concreto ESMA realiza seis preguntar concretas, que pretenden recabar la opinión sobre temas como si una experiencia mínima de cinco años consecutivos es la apropiada y si esta debe ser o no contabilizada en la misma empresa. ESMA también quiere saber si su propuesta de diferenciar entre lo que se le pide a quienes son asesores de lo exigido al resto de personal que da información es adecuada. Y, en general, la opinión sobre si en los conocimientos que proponen falta o sobra algo. Por último, la Autoridad Europea también quiere conocer los costes extraordinarios que se podrían derivar del cumplimiento de las directrices.