Hasta el próximo 1 de agosto se podrán enviar comentarios a las nuevas normas sobre mercados de instrumentos financieros: MiFID y MiFIR.
El supervisor europeo (ESMA en sus siglas en inglés) ya está manos a la obra con la nueva regulación sobre mercados de instrumentos financieros. Desde este jueves 22 y hasta el próximo 1 de mayo, pondrá en consulta pública la Directiva (MiFID) y el Reglamento sobre Mercado de Intrumentos Financieros (MiFIR)-. Al tiempo y durante el mismo plazo, también publica otro documento de debate sobre los proyectos de normas técnicas (RTS) y las normas de ejecución (ITS) que debe preparar.
A pesar de que ni la MiFID ni el MiFIR han sido publicados en el Diario Oficial de la UE –lo que ocurrirá en las próximas semanas-, ESMA tiene el mandato tanto de elaborar los proyectos de RTS e ITS, como la tarea de asesorar técnicamente a la Comisión en esta materia y esto último tiene que hacerlo antes de que finalice diciembre de 2014. Entre esa fecha y comienzos de enero de 2015 también pondrá en audiencia pública los proyectos de normas técnicas y de ejecución sobre la base del documento de debate que ahora ha publicado. MiFID II y MiFIR contienen más de un centenar de referencias en las que se delega en ESMA el desarrollo o la concreción de multitud de cuestiones.
Los principales temas que se abordan tanto en documento puesto a consulta pública como el de reflexión o debate están divididos en dos grandes bloques. Por un lado, todo lo referente a la estructura, transparencia y regulación de los mercados. Por otro lado, las cuestiones destinadas a reforzar la protección del inversor.
Estructura de los Mercados, transparencia y regulación
Las principales propuestas en este ámbito abarcan temas como el aumento de la transparencia antes y después de la negociación para muchas categorías de instrumentos -acciones, ETF, certificados, bonos y derivados-; las limitaciones al comercio de acciones OTC y las nuevas obligaciones a los derivados. El perfeccionamiento de la definición de la negociación de alta frecuencia y el acceso electrónico directo, así como los requisitos para operar en el mercado utilizando técnicas algorítmicas son otras cuestiones también abordadas.
En materia de protección al inversor minorista, las principales propuestas afectan a los incentivos (las nuevas limitaciones al cobro de comisiones), al asesoramiento (distinguir claramente el independiente del no independiente) y a los requisitos en materia de fabricación y distribución de productos financieros. En este mismo ámbito, figuran los nuevos poderes dados tanto a ESMA como a los supervisores nacionales para prohibir o limitar la comercialización y distribución de determinados instrumentos financieros.
En materia de información al inversor, figura todo lo relativo a la comunicación sobre costes y gastos relacionados tanto con el servicio de inversión y del propio instrumento financiero suministrado para que pueda entender el coste global y su efecto sobre el retorno de su inversión.
En cuanto a los proyectos de normas técnicas, también en el área de protección de los inversores, se refieren a la autorización de las empresas de inversión, el pasaporte y ciertas obligaciones de buena ejecución.