Accionista: su papel como co-propietario de una cotizada

Erol Ahmed, Unsplash

Comprar acciones de compañías cotizadas no solo te convierte en inversor, sino que también en co-propietario de la sociedad en la parte proporcional a la participación adquirida. Es importante conocer el rol que puedes llegar a desempeñar en una empresa cotizada cuando inviertes en su accionariado. La CNMV en su guía El accionista de una compañía nos desvela toda la información relevante qué debe conocer la persona física o jurídica que invierte en cotizadas.

Diferencias entre accionistas y propietarios de empresas individuales

Es importante tener en cuenta esta diferencia ya que en caso de que la empresa fracase las consecuencias para estos son muy distintas. Mientras que los acreedores podrían intentar garantizar sus pagos a través de los activos de los propietarios de una entidad de propiedad privada; en el caso de una cotizada, los accionistas no experimentan responsabilidad personal por las obligaciones financieras y de deuda de la compañía.

Otra diferencia es su influencia y papel en la gestión diaria de la compañía. Las sociedades cotizadas dependen de su dirección y su junta directiva para este tipo de gestión, por lo que los accionistas no tienen mucho control en este tipo de operaciones. No obstante, no infravaloremos su papel ya que cada vez van cobrando mayor importancia.

¿Todos los accionistas son iguales?

En este caso no todos somos iguales. La CNMV los diferencia en dos grandes grupos.

  • Accionistas de referencia: aquellos que cuentan con un porcentaje de participación relevante lo que les permite intervenir o influir en la gestión de la compañía;
  • Accionistas minoritarios: Estos tienen escasa o nula capacidad de influir en la compañía si no actúan de forma conjunta.

Derechos de los accionistas

Enumeramos primero los derechos económicos. Entre los más relevantes están el derecho al dividendo; de suscripción preferente y a la cuota de liquidación.

  • Derecho al dividendo: como accionista se tiene derecho a la parte del beneficio que la Junta general de accionistas decida repartir, a propuesta del Consejo de Administración. Las compañías cotizadas suelen hacer pública su política de dividendo. De hecho, suele ser un reclamo para invertir si hablamos de inversores minoristas ya que son ingresos recurrentes.
  • Derecho de suscripción preferente: Los accionistas gozan de preferencia en la suscripción de las nuevas acciones u obligaciones. Este derecho se negocia en la bolsa. No obstante, la Junta general de accionistas puede decidir su exclusión.
  • Derecho a la cuota de liquidación: tal como explicamos anteriormente si la empresa llegara a liquidarse, los accionistas no experimentan responsabilidad personal por las obligaciones financieras y de deuda de la compañía.Todo lo contrario, tendrían derecho a recibir la parte proporcional a su participación. Siempre eso sí que la compañía haya satisfecho sus obligaciones frente a los acreedores.

En cuanto a los derechos políticos, quédese con estos dos:

  • Derecho de información: El regulador consciente de la importancia de una información veraz, vigila de forma permanente el cumplimiento por parte de las sociedades de la obligación de difusión de toda la información que pueda afectar al precio de la acción. Al disponer de la información necesaria, el accionista puede hacer un seguimiento adecuado de las inversiones y tomar las decisiones de inversión que más se adecuen a su estrategia.
  • Derecho de asistencia y voto en las Juntas generales de accionistas: En este caso, dependiendo del porcentaje del accionariado que tenga en cartera el inversor su papel será más o menos relevante. Igualmente todos los accionistas tienen derecho a la participación activa en las Juntas generales.

Ventajas de invertir en una compañía cotizada

El acceso a liquidez es una de las más importantes. Hay que tener en cuenta que al invertir en una sociedad cotizada, el accionista invierte en un mercado regulado donde para comprar o vender acciones basta con transmitir a un intermediario autorizado la orden correspondiente.

A pesar de los costes que conlleva esta operativa, el inversor no tiene que buscar financiación por su parte para cualquier operación (como ocurre en las compañías que no cotizan en bolsa). Es el mercado quién te ofrece esa liquidez. Conviene destacar que no todas las sociedades cotizadas tienen la misma liquidez. Esta dependerá fundamentalmente del tamaño de la compañía y de su capital flotante

La valoración de la compañía la ofrece el mercado. Es este quién asigna de forma continua un valor a las sociedades cotizadas, que se recoge en el precio de las acciones (cotización). ¿Justo o injusto? Ahí entramos en otro debate.

Y otra importante ventaja es la transparencia a la hora de conocer toda la información relativa a la compañía. Las sociedades están obligadas a difundir al mercado toda la información que pueda afectar al precio de la acción. Los canales de difusión serán la página web y siempre las comunicaciones que deben remitir a la CNMV. ¿Las redes sociales? Es otro escollo que en la actualidad se está debatiendo.

¿Qué riesgos tiene la inversión en acciones?

Como cualquier inversión, comprar acciones conlleva también sus riesgos. La rentabilidad de las acciones no es predecible, ya que comportamientos pasados no garantizan su evolución futura. Además, la evolución de la acción no depende solo de la propia compañía, sino de factores ajenos como la situación de la economía, tanto nacional como internacional, la evolución de otros mercados, de los tipos de interés, de la inflación, etc.

¿Cómo se identifican a los accionistas de una cotizada?

Conseguir una radiografía completa del accionariado de una compañía cotizada es muy complicado. Mientras que la identificación de los inversores minoristas no debería conllevar mucho trabajo, es en los institucionales (inversores extranjeros en su mayoría) donde se pierde la pista del inversor final. En este punto se está trabajando. Se prevé que para este año entre en vigor el proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital que aprobó el Consejo de Ministros el pasado mes de julio. Con el fin de mejorar el gobierno corporativo, las cotizadas podrán conocer la identidad de todos sus accionistas sin excepción. El propósito es “comunicarse directamente con ellos con vistas a facilitar el ejercicio de sus derechos y su implicación en la sociedad” para fomentar la participación a largo plazo de sus accionistas.

Es una medida que afectará a las grandes gestoras de fondos e intermediarios financieros. No obstante, aún está por ver el recorrido de dicha norma ya que no se establecen infracciones ni sanciones administrativas por el incumplimiento de esta obligación de identificación.