La CNMV aprueba una guía técnica para la evaluación de la conveniencia en línea con las directrices de ESMA

Rodrigo Buenaventura
Fuente: Cedida (CNMV)

La CNMV ha aprobado la Guía Técnica para la evaluación de la conveniencia y ha adoptado las directrices de ESMA relativas a determinados aspectos de los requisitos de conveniencia y solo ejecución de MiFID II.

Con la publicación de esta guía, el regulador español persigue un doble objetivo. Por un lado, “incrementar la transparencia respecto a las prácticas y criterios que la CNMV sigue en el ejercicio de su función supervisora”; y por otro, “ayudar a las entidades a entender lo que la CNMV considera adecuado para un correcto cumplimiento de la normativa”, explican.

Además, la guía sigue la línea de las Directrices de ESMA y en ella se desarrollan con un mayor nivel de detalle criterios no presentes en ellas que la CNMV considera adecuados para el cumplimiento de la normativa de aplicación.

Aspectos relevantes

Uno de ellos es la relevancia que las entidades deben otorgar a la información sobre los conocimientos financieros del cliente y la necesidad de recabar esta información. Desde la CNMV descartan que “considerar únicamente la experiencia inversora previa del cliente al evaluar la conveniencia resulte suficiente”. Además, señalan que “cuando se evalúe la conveniencia de instrumentos complejos, deben incluirse preguntas específicas sobre la naturaleza, características y riesgos principales de los mismos y se ofrecen pautas respecto a la forma en que se puede preguntar por este aspecto”.

El otro aspecto sobre el que inciden es la evaluación de instrumentos complejos. Consideran que con carácter general “no resulta prudente presumir la conveniencia basándose, exclusivamente, en la valoración positiva de los conocimientos financieros; sino que también debería exigirse un nivel mínimo de formación del cliente, de experiencia inversora previa, o una combinación de ambas, con mayor grado de exigencia a mayor complejidad del producto”. Ello sin perjuicio de que puedan aceptarse excepciones a este planteamiento general, siempre que las mismas estén justificadas y se basen en datos objetivos.

Adicionalmente, la guía técnica indica que las entidades deben aplicar controles respecto de la fiabilidad, coherencia y razonabilidad de la información obtenida de los clientes, en línea con la comunicación pública que hizo la CNMV el 5 de febrero de 2019.

La guía técnica se encontraba entre las iniciativas incluidas en el plan de actuación de 2021 pero se ha demorado ligeramente su publicación para hacerla coincidir con la adopción de las directrices de ESMA sobre el mismo tema.

Directrices de ESMA

Coincide con la adopción de las directrices de ESMA relativas a determinados aspectos de los requisitos de conveniencia y solo ejecución de MiFID II. Tienen como objetivo reforzar la claridad y mejorar la convergencia en la aplicación de ciertos aspectos de los requisitos de conveniencia y solo ejecución, tras las modificaciones realizadas en MIFID II en esta materia y en base a los resultados de la actuación conjunta de supervisión realizada por ESMA sobre la aplicación de los requisitos de MiFID II sobre la evaluación de conveniencia.

Sitúan la evaluación de los conocimientos del cliente como elemento central de la evaluación y desarrollan la forma de recabar información al respecto. Las entidades deben atender a la claridad y comprensibilidad de las preguntas, evitar dirigir al cliente en las respuestas, y establecer la posibilidad de que el cliente conteste que no conoce la respuesta.

Subrayan la necesidad de asegurar la consistencia y fiabilidad de las respuestas proporcionadas por los clientes en la recopilación de la información sobre sus conocimientos y experiencia. Y, por otra parte, se especifican las obligaciones en materia de registros en relación con la evaluación de conveniencia, que deben permitir a las entidades realizar seguimientos ex post sobre todo el proceso de evaluación de la conveniencia.