La CNMV desarrolla un procedimiento simplificado para adaptar los folletos al reglamento europeo de divulgación

Photo by Kelly Sikkema on Unsplash
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El próximo 10 de marzo resultará de aplicación el reglamento europeo sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros.

En este sentido, CNMV ha desarrollado un procedimiento simplificado para la actualización de los folletos de los fondos de inversión. Concretamente, para adaptarse a las exigencias de los artículos 6 y 7 del reglamento europeo (riesgo de sostenibilidad e incidencias adversas), se ha elaborado un procedimiento simplificado para permitir una ágil incorporación de la información a los folletos registrados.

En cuanto a las obligaciones que imponen los artículos 8 y 9 del reglamento, avanza CNMV, las gestoras deberán revisar los folletos de los fondos inscritos como inversión socialmente sostenible y analizar si la información incluida en el folleto cumple con las exigencias que establece el reglamento.

En este contexto, la CNMV considera que en general, y sin perjuicio de la revisión que debe hacer cada entidad gestora, la información contenida en el folleto de estos fondos de acuerdo a los criterios hasta la fecha aplicados en su registro, podría resultar suficiente para considerar cumplidas las exigencias del reglamento.

“Sin perjuicio de ello, las gestoras que voluntariamente lo deseen pueden adaptar el contenido del folleto de estas IIC, conforme a los borradores de normas técnicas de regulación enviados por las AES a la Comisión Europea”, indican. Las gestoras que decidan actualizar estos folletos deberán asimismo seguir el procedimiento que se detalla en el enlace indicado anteriormente, añaden.

La CNMV considera esencial la credibilidad de la información relativa a las inversiones sostenibles y la concienciación sobre los riesgos de sostenibilidad, por lo que insta a las distintas entidades afectadas a dotarse de medios y procedimientos adecuados para el correcto cumplimiento de la nueva normativa en este ámbito. “Asimismo, para facilitar la consecución de los objetivos perseguidos por el Reglamento, la CNMV ofrece su colaboración a los sectores afectados para resolver las dudas que surjan y coordinar su aplicación”, indican.