Si bien existen algunas similitudes entre los procesos de insolvencia de corporaciones privadas y gobiernos nacionales, también existen variaciones en el desarrollo de los acontecimientos, por lo que no deben colocarse ambas situaciones dentro de un mismo lote. En esta nota nos circunscribiremos a las insolvencias soberanas abordando algunas precisiones necesarias:
Insolvencia es sinónimo de pérdida de valor
En toda situación de insolvencia, bajo ninguna circunstancia esperable el deudor tendrá capacidad de devolver el total de capital e intereses adeudados, por lo que cualquier arreglo entre las partes pasa por el hecho de que el acreedor acepte que no recobrará el 100% de lo adeudado, ni ahora ni nunca. Mientras más tiempo se tarde en lograr un acuerdo, mayor serán las pérdidas para los acreedores.
La iliquidez de los mercados de papeles insolventes
Siempre existe un mercado secundario para títulos soberanos insolventes.
En este mercado los eventuales vendedores de los papeles en problemas estarán a la merced de inversionistas especializados, quienes pretenden acumular posiciones en dichos títulos a muy bajo precio, para buscar beneficios en los procesos de renegociación que les permita aguantar papeles ilíquidos. En este proceso, estos inversionistas sacan ventaja de su músculo financiero, y de su experticia en los procesos de negociación que se dan en situaciones de bancarrota.
El domicilio de la corte que ventilará el problema es extremadamente relevante
Las cortes británicas y las del Estado de Nueva York son las principales jurisdicciones escogidas por los emisores de bonos soberanos para dirimir problemas de este tipo. El derecho inglés nombra un agente fiduciario, quien es el único que puede actuar en representación de todos los acreedores y sólo comienzan sus actuaciones cuando un bloque importante de tenedores de los bonos en problemas así lo solicitan. Las leyes del Estado de Nueva York permiten que cualquier grupo de tenedores de deuda, sin importar su tamaño, introduzca sus propias acciones legales, lo cual puede hacer miserable la vida del resto de los acreedores que pudieran estar dispuestos a llegar a arreglos menos atractivos económicamente, pero más rápidos en su ejecución.
La importancia de cláusulas de acción colectiva
Como en los procesos de restructuración de deuda un acreedor minoritario podría sabotear acuerdos entre las partes con el objeto de sacar algún beneficio adicional, los gobiernos soberanos han adoptado en las emisiones más recientes las cláusulas de acción colectiva. Estas disposiciones obligan a todos los tenedores de una emisión a aceptar los términos de una restructuración, si una mayoría calificada del grupo de acreedores, generalmente tenedores del 75% del valor facial de la emisión, aprueba dicho acuerdo.
Pese a que los organismos multilaterales han hecho un importante esfuerzo para facilitar los procesos de restructuración de deuda soberana, y hoy en día existe mayor claridad por parte de gobiernos nacionales, inversionistas institucionales y entes multilaterales sobre cómo proceder en estos casos para volver a encaminar a los países en problemas en la senda del crecimiento, las negociaciones siguen siendo largas y los descuentos exigidos a los acreedores pueden oscilar entre 30%-70% del valor facial de las emisiones en problemas. Adicionalmente, la caída de precios de los títulos en los meses previos a la declaración de insolvencia es abrupta por lo que quien invierte en este tipo de papeles no debe olvidar que largo y tortuoso es el camino de la restructuración de deuda soberana.