A partir de ahora, y tras la sentencia del pasado 19 de julio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los inversores tendrán que pagar el IVA cuando contraten servicios de gestión discrecional de carteras de inversión, hasta ahora exentos. Eso significa que si bien antes las entidades que ofrecían sólo servicio de compraventa o compraventa más asesoramiento (gestión discrecional de carteras), como agencias de valores, sociedades de valores o gestoras, no tenían que pagar la tasa, ahora sí tendrán que hacerlo. En el caso de las EAFI, ya lo pagaban antes y lo seguirán haciendo, si bien su servicio pasará de estar gravado con un tipo del 21%, frente al 18% actual.
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