Los fondos de fuera de la UE deben recibir el mismo trato fiscal en materia de dividendos que las IIC europeas

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zentolos, Flickr, (Creative Commons)

La diferencia de trato fiscal en los dividendos puede disuadir tanto a los fondos de inversión de fuera de la Unión Europea de adquirir participaciones en sociedades establecidas en un país de la UE como a los inversores de adquirir participaciones en fondos no residentes. Este es el eje central de una decisión del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en la que estima que negar a un fondo no residente en la UE la exención de la que disfrutan los fondos residentes en materia de dividendos es contrario al principio de libertad de movimientos de capitales. Como requisito debe existir una obligación de asistencia administrativa mutua entre ambos Estados.

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