El Parlamento del Gran Ducado ha aprobado este jueves 14 la creación de una nueva estructura a la que ha llamado Reserved Alternative Investment Fund (RAIF).
El Parlamento del Gran Ducado ha aprobado este jueves 14 la creación de una nueva estructura a la que ha llamado Reserved Alternative Investment Fund (RAIF). La norma hoy aprobada entrará en vigor a los tres días de su publicación oficial. En síntesis, el RAIF es un nuevo tipo de fondo de inversión alternativa que ni está sujeto a la autorización del supervisor luxemburgués ni necesita de un gestor en Luxemburgo. Una de las grandes ventajas del nuevo RAIF frente a sus dos figuras hermanas ya existentes en este mercado, los fondos de inversión especializados (FIS) y las sociedades de inversión en capital riesgo (SICAR), es la rapidez de su puesta en marcha. Si bien inicialmente se pretendió un plazo de 10 días, finalmente serán alguno más.
La presidenta de la asociación luxemburguesa de fondos de inversión, Denise Voss ha dado la bienvenida a este nuevo producto y, en un comunicado, señala que el RAIF es una “alternativa adicional, complementaria, similar en Luxemburgo al régimen de los SIF. A diferencia de los SIF, el RAIF no requiere la aprobación del regulador de Luxemburgo, la CSSF, pero es supervisado a través de los gestores de fondos de inversión alternativos (GFIA), que deben presentar informes periódicos al regulador”. Según Voss, con esta nueva estructura, “los administradores de Luxemburgo podrán elegir, dependiendo de la preferencia de los inversores”. Es decir, a partir de ahora, los gestores podrán configurar sus fondos de inversión alternativos bajo la forma de OIC, FIS o SICAR y, por tanto, bajo supervisión directa de la CSSF o bien, como un nuevo RAIF no sometido a esta supervisión. La principal ventaja del nuevo producto es su tiempo de salida al mercado, notablemente inferior a la de las actuales estructuras, según Voss.
Según explica Freddy Brausch, vicepresidente de ALFI “con el fin de asegurar una buena protección y regulación a través del gestor, un RAIF debe ser gestionado por un gestor externo autorizado. Este último puede tener domicilio en Luxemburgo o en cualquier otro Estado miembro de la UE. Si está autorizado y plenamente en línea con los requisitos de la Directiva de Gestores de Fondos de Inversión Alternativos –DGFIA-, el GFIA puede hacer uso del pasaporte para comercializar participaciones de RAIF sobre una base transfronteriza”. Al igual que los FIS y los SICAR, las participaciones del nuevo RAIF sólo van dirigidas a los inversores bien informados.
* Mañana Funds People publicará una tribuna de Jesús Mardomingo, socio de Dentons, en relación a este asunto.