BLOG de Jesús Mardomingo y Jorge Canta, de Cuatrecasas. La aprobación de la modificación del Reglamento de IIC comentada en el último post nos ha traído como una de las grandes novedades la inclusión de las IIC en forma de SICAV en el régimen de ETFs. Esta novedad, de poco impacto para los fondos españoles, ha propiciado un movimiento de entidades extranjeras que pretenden cotizar en el mercado español sus ETFs en forma de SICAVs. La espera ha sido larga, pero tras dos años de pelea, ahora podrán beneficiarse de la exclusión de retención en ganancias patrimoniales de forma similar compra acciones españolas cotizadas- sin retención ni traspasos-.
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