A los dos supuestos excepcionales que permiten el rescate anticipado de los derechos consolidados de un plan de pensiones –enfermedad grave y paro de larga duración- el legislador añadió el pasado mes de mayo uno nuevo: la existencia de un procedimiento de ejecución de la vivienda habitual del partícipe. Para María Asunción Bauzá, socia del Área Mercantil de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, dicha medida tendrá escasa efectividad porque los requisitos que impone la norma para el rescate serán “difíciles de cumplir en muchos de los casos de partícipes con necesidad de recurrir a esa nueva medida”.
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