El nuevo reglamento europeo de sostenibilidad ha marcado un antes y un después en la gama de productos de las gestoras. Desde el 10 de marzo, éstas tienen que informar en dos ámbitos. Por una parte, sobre cómo integran los riesgos de sostenibilidad en sus decisiones de inversión y en las políticas de remuneración. Y por otra, deben ofrecer información detallada adicional sobre los productos. En los casos en los que la gestora declare que el fondo promociona características medioambientales o sociales (artículo 8). Y por otro, en aquellos en los que se declare que el fondo tiene como objetivo inversiones sostenibles (artículo 9).
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