El texto publicado en el BOE que recoge el Reglamento que desarrolla la Ley de IIC ha confirmado dos aspectos que ya se recogían en el borrador que se remitió al Consejo de Estado: finalmente no habrá agente centralizador y se reduce la exigencia de capital propio para las gestoras nacionales. Puedes consultar aquí el texto completo del BOE.
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