El viernes entró en vigor el nuevo Reglamento de IIC que, entre otras cosas, permite a las gestoras mantener en sus carteras activos con niveles de rating iguales o por encima del de la deuda española aunque ello suponga incumplir lo estipulado en el folleto, sin estar obligadas a dar derecho de separación y realizar comunicaciones individualizadas. Para realizar esos ajustes en la política de inversión –que se consideran no sustanciales según el artículo 14.2 de la nueva ley-, sólo tendrán que comunicarlo en un hecho relevante, con carácter previo a las modificaciones.
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