En el proceso de concurso de acreedores en el que está inmerso Banco Madrid, la CNMV solicitó la separación de los activos de los fondos y sicav de la firma para que no se incluyeran en la masa concursal, un criterio que inicialmente no compartió el administrador concursal. La diferencia de criterios se debía a que la actual Ley Concursal mantiene un cierto margen para la interpretación y dichos activos podrían también formar parte de todo el patrimonio con el que la entidad respondería ante los acreedores concursales. Pues bien, gracias a las enmiendas introducidas por el PP en el proyecto de ley de segunda oportunidad que actualmente se está tramitando en el Congreso, esto no será así y los activos de las IIC podrán quedar fuera de la masa concursal de la entidad.
Efectos del caso Banco Madrid: los activos de una IIC quedarán siempre fuera de la masa concursal

Carlos M Gonzalez (raw), Flickr, Creative Commons
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