El Anteproyecto sobre sandbox incorpora consultas vinculantes en FinTech

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El Ministerio de Economía y Empresa acaba de hacer público el texto del Anteproyecto de Ley de transformación digital del sistema financiero, una norma que tiene por finalidad esencial establecer en España el sandbox -espacio controlado de pruebas dirigido a innovaciones financieras de base tecnológica, en su expresión inglesa-. Desde este jueves 12 y hasta el próximo 7 de septiembre, el Anteproyecto estará en fase de audiencia pública. Más allá del sandbox, una de las novedades que propone esta norma es la de que “cualquier interesado” pueda realizar a la Administración consultas vinculantes en el ámbito de la tecnología aplicada a la prestación de servicios financieros. Asimismo, para garantizar que “las autoridades competentes” disponen de recursos para poner en marcha el contenido de esta norma, se prevé que pueda exigirse el pago de una tasa.

Según el texto del Anteproyecto, podrán acceder al sandobox los proyectos que aporten innovación financiera de base tecnológica y que se encuentren suficientemente avanzados para probarse. Realizar pruebas dentro de un proyecto piloto no es sinónimo de tener una autorización para el comienzo del ejercicio de una actividad o para la prestación de servicios de carácter profesional habitual. La autorización podrá solicitarse con posterioridad, ya sea durante las pruebas o finalizadas estas. Asimismo, pueden participar en el proyecto piloto entidades que ya cuenten con autorización para el ejercicio de una actividad. Si un proyecto del sandbox se interrumpe, bien por las autoridades o bien por voluntad de los promotores, estos deberán esperar dos años para volver.

Entre los requisitos para ser admitido, los proyectos innovadores además deberán aportar “potencial valor añadido” en, al menos, uno de los cuatro aspectos que enumera el anteproyecto: la mejora u homogeneización de procesos u otros instrumentos que supongan mejora del cumplimiento normativo; suponer un eventual beneficio para los usuarios de servicios financieros en términos de mejora de la calidad y de las condiciones de acceso y disponibilidad en la provisión de servicios financieros o de aumento de la protección a la clientela; aumentar la eficiencia de entidades o mercados; o proporcionar mecanismos para la mejora de la regulación o el mejor ejercicio de la supervisión financiera.

Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional pero serán las autoridades supervisoras financieras (CNMV, Banco de España y la DGS y FP) las que realicen la evaluación previa de los solicitantes. Estas reenviarán de nuevo a Tesoro el listado de proyectos que efectivamente aportan el “potencial valor añadido” que la norma exige. Si la evaluación previa es favorable, se celebra un protocolo de pruebas entre el promotor y la autoridad o autoridades competentes en el que figurarán las condiciones del proyecto piloto en el que se desarrollarán estas pruebas.

Respecto de las consultas vinculantes que prevé el Anteproyecto podrán dirigirse tanto a las autoridades supervisoras: Banco de España, CNMV y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones como a cualquier otra autoridad con competencias específicas sobre la actividad financiera o en un ámbito directamente afectado por esta norma. De forma similar a las conocidas consultas a Tributos, serán vinculantes para la Administración y meramente informativas para el consultante. En cuanto a su contenido tratará sobre el “régimen, la clasificación o la aplicación de la normativa relacionada con la tecnología aplicada a la prestación de servicios financieros”.

Este Anteproyecto también prevé un régimen de responsabilidad para el caso de que sufran daños y perjuicios los usuarios que, debidamente informados, decidan participar en un proyecto piloto. El criterio general es que dichos daños (y nunca serán tales las pérdidas debidas a fluctuaciones de mercado) se han producido como consecuencia de su participación en la prueba. Pese a la supervisión estricta de las autoridades, solo serán responsables los promotores, quienes deberán contar con garantías financieras suficientes para cubrir dicha responsabilidad.