El actual Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva (RIIC) está en trámites de ser modificado, como podría ocurrirles a los artículos número 53, referido al coeficiente de liquidez, y número 132, sobre la función de control de efectivo y separación de cuentas de tesorería. Mucho ha tenido que ver el caso Banco Madrid para que se perfile el proyecto de modificación del RIIC -auspiciado por el Ministerio de Economía y Competitividad-, especialmente en lo que se refiere al segundo de los artículos.
Este es un artículo exclusivo para los usuarios registrados de FundsPeople. Si ya estás registrado, accede desde el botón Login. Si aún no tienes cuenta, te invitamos a registrarte y disfrutar de todo el universo que ofrece FundsPeople.
