El interés general puede obligar a las extranjeras a operar con sucursal

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CNMV

La nueva redacción de la Ley de Mercado de Valores para adaptase a MiFID II incorpora ligeras variaciones respecto del texto inicial de borrador manejado. Una de las que ha llamado la atención de los expertos afecta a la actuación transfronteriza de las empresas de inversión. Según explica Natalia López-Condado, responsable del área de Asset Management y Private Banking de Clifford Chance, “la novedad radica en que el nuevo  texto permite que la CNMV, atendiendo al volumen de la actividad, a la complejidad de los productos o servicios, o a razones de interés general, pueda exigir a una entidad de un tercer país de fuera de la UE la constitución de una sucursal cuando los servicios se presten a clientes profesionales o a contrapartes elegibles”.

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