ESMA se une a EFAMA y pide a la Comisión Europea una regulación para las agencias de rating ASG

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Firma: Wengang Zhai (Unsplash).

El auge que ha experimentado la inversión con criterios ASG ha obligado a una mayor regulación sobre qué se considera y qué no ASG con el objetivo de evitar el llamado greenwashing. El próximo 10 de marzo se dará un gran paso en este sentido ya que entra en vigor Reglamento 2019/2088, que rige la normativa de divulgación de información sostenible. Un gran avance para estandarizar criterios pero que no evita que queden muchos flecos pendientes.

Entre esos flecos está la falta de homogenización de los criterios que usan las agencias para emitir sus rating de sostenibilidad. De hecho, en el mes de diciembre  EFAMA se hizo eco de la reclamación de llevada a cabo por las autoridades de los mercados financieros franceses y holandeses en aras de conseguir una regulación europea de los datos, la investigación y las calificaciones de los ASG . Una petición a la que ahora se ha sumado también la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA).  Al fin y al cabo, según un reciente informe elaborado por MSCI los datos que se dan ASG y la redefinición de los mismos son dos de las cinco grandes tendencias en ASG que se verán este 2021.

De ahí, que ESMA haya remitido a la Comisión Europea una carta en la que propone desarrollar una regulación europea para las agencias de calificación de sostenibilidad al considerar que los ratings ASG y las herramientas de evaluación de estos valores son esenciales para la implantación de la normativa ASG.

Según explican desde la consultora FinReg360, cuatro son los puntos principales que destacan en la carta, a la que se puede tener acceso desde este enlace.

1. Calificación ASG

Desde EFAMA solicitan que se una definición legal común de qué se entiende por calificación ASG, que capture el amplio espectro de herramientas de evaluación disponibles en el mercado.

“Esto conduciría a que todos los productos existentes que pretenden proporcionar una evaluación del perfil ASG de un emisor o un valor, independientemente del objetivo de medición específico, estén sujetos al mismo nivel básico de salvaguardas de protección del inversor”, afirman desde FinReg. Además, se aboga porque el enfoque se realice de un punto de vista amplio que minimice la posibilidad de que el marco se quede obsoleto a medida que se vaya innovando en todo lo que implica la ASG.

2. Registro y supervisión de una autoridad pública

 ESMA entiende que cualquier entidad jurídica cuya actividad incluya la emisión de estas calificaciones y evaluaciones ASG debería estar registrada y supervisada por una autoridad pública y se postula para ello. Con esto se conseguiría que estas agencias de rating ASG estén sujetas a unos requisitos comunes de organización, conflicto de intereses y transparencia.

3. Requisitos específicos aplicables a las calificaciones y evaluaciones ASG

Además, ESMA considera que debe haber requisitos específicos  aplicables a las calificaciones y evaluaciones ASG proporcionadas por las entidades.

Las características básicas de estos requisitos pasan porque tengan  el mismo nivel de prescripción que los aplicables a los ratings de crédito. “Sin embargo, deben ser lo suficientemente exigentes como para garantizar que las calificaciones y evaluaciones ESG se basen en fuentes de datos actualizadas, fiables y transparentes, y se desarrollen de acuerdo con metodologías robustas que sean transparentes y que puedan ser verificadas por los inversores”, apuntan desde FinReg360.

4. Requisitos organizativos y de gestión de conflictos de intereses

Por último, ESMA indica que cualquier marco regulador en este ámbito debería buscar dos cosas. La primera es que garantice que las entidades más grandes y sistémicas estén sujetas a un conjunto completo de requisitos de organización y conflictos de intereses. Y la segunda, que sea proporcional y adaptarse a la estructura actual del mercado para que las entidades más pequeñas puedan acogerse a determinadas exenciones cuando sea apropiado para facilitar su participación en el mercado.