Guía para no perderse con los vehículos alternativos: tipos de productos y requisitos de acceso para cada uno

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Grant Lemons on Unsplash

La inversión en activos alternativos ha ido cogiendo fuerza en España en los últimos años. De hecho, los últimos datos de Ascri confirman el apetito por este mercado, que ha superado nuevos máximos, y muchas gestoras han modificado su programa de actividades para poder ofrecer este tipo de vehículos.

El capital riesgo busca proporcionar recursos a medio y largo plazo a empresas como una fuente de financiación alternativa. Además, intentan maximizar el valor de la empresa generando gestión y asesoramiento profesional, y desinvierten buscando generar plusvalías para los inversores. Ahora bien, existen distintos tipos de entidades y conviene aclarar que los requisitos de acceso son distintos.

Las Sociedades de Capital Riesgo (SCR) son sociedades anónimas cuyo objeto social principal consiste en la toma de participaciones temporales en el capital de empresas, generalmente, no cotizadas. Para el desarrollo de su objeto social principal, las SCR pueden facilitar préstamos participativos, así como otras formas de financiación, en este último caso únicamente para sociedades participadas. De igual modo, pueden realizar actividades de asesoramiento. El capital mínimo son 1,2 millones de euros, de los que se desembolsa el 50% en el momento de la constitución y el resto dentro de los tres años siguientes.

Por su parte, la Entidad de Capital Riesgo Pyme (ECR-pyme) es un tipo especial de entidad de capital-riesgo, caracterizada por disfrutar de un régimen financiero más flexible, que les permite hacer un mayor uso tanto de préstamos participativos, como de deuda para proveer de financiación a las Pymes. En este caso, el capital social mínimo es de 900.000 euros. Por su parte, en las Sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (SIIC), que obtienen capital de una serie de inversores para invertirlo en activos de acuerdo a una política de inversión definida, es de 125.000 euros; y en las Sociedades de inversión colectiva de tipo cerrado autogestionadas el capital social mínimo será de 300.000 euros.

Fondos de Capital Riesgo

Los Fondos de Capital Riesgo (FCR) son patrimonios administrados por una sociedad gestora, que tendrán el mismo objeto principal que el definido en el caso de las SCR, correspondiendo a la sociedad gestora la realización de las actividades de asesoramiento previstas en el mismo. En su caso, el capital social mínimo son 1,65 millones.

Mientras, los Fondos de capital riesgo europeos (FCRE) son promovidos por los fondos públicos de la Unión Europa y, además, están armonizados en la región. En su caso, el capital social debe ser de al menos 60.000 euros.

Las Sociedades Gestoras de Entidades de Capital Riesgo (SGFCR) tienen como objetivo administrar y gestionar Fondos de Capital Riesgo y activos de Sociedades de Capital Riesgo. Como actividad complementaria pueden realizar tareas de asesoramiento a las empresas con las que mantengan vinculación como consecuencia del ejercicio de su actividad principal. También pueden gestionar Fondos de Capital Riesgo y activos de Sociedades de Capital Riesgo.

Inversión libre

Los Fondos de Inversión Libre (FIL) también se conocen como fondos de inversión alternativa o hedge funds. No están sujetos a las restricciones de inversión establecidas para la mayor parte de los fondos: pueden invertir en cualquier tipo de activo, seguir la estrategia de inversión que consideren más apropiada y endeudarse en mayor medida que el resto de los fondos (hasta varias veces su patrimonio).

En general son productos poco líquidos, ya que tienen la posibilidad de permitir los reembolsos sólo cada tres o seis meses. Por tanto, la inversión en fondos de inversión libre puede llevar aparejada significativos niveles de riesgo, advierten desde la CNMV. Debido a sus especiales características, se dirigen a clientes profesionales (bancos, aseguradoras, fondos de pensiones...), o clientes no profesionales pero con una inversión mínima de 100.000 euros y dejando constancia por escrito de que se conoce los riesgos de la inversión. Un mínimo que el Gobierno estaría planteando bajar.

Los Fondos de Fondos de Inversión Libre (FFIL o IICIICIL) son instituciones de inversión colectiva concebidas para que los inversores particulares puedan acceder a los productos de inversión alternativa. No invierten directamente en valores, sino en otros fondos de inversión, que han de ser, en su mayoría, fondos de inversión libre. En general, son menos líquidos que los fondos tradicionales. Esto tiene implicaciones prácticas tanto por lo que se refiere al cálculo y publicación del valor liquidativo como al régimen de reembolsos.