Julius Baer Gestión se convierte en la primera gestora en hacer una fusión transfronteriza con un producto español

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Naroh/Flickr Creative Commons

En 2012 se traspuso al ordenamiento español la aprobación de la Directiva UCITS IV acerca de las fusiones transfronterizas entre países de la Unión Europea. En ese momento, surgieron las dudas de las entidades españoles por como podía afectar fiscalmente dicha operación a los participes. Y no era hasta el año pasado cuando Tributos ratificaba la neutralidad fiscal de los participes considerando que el ahorro de costes en la gestión es motivo para permitir el diferimiento fiscal a los partícipes implicados en la fusión.

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