El supervisor busca transmitir criterios, prácticas, metodologías y procedimientos que se consideran adecuados para el cumplimiento de la normativa.
En la última reunión celebrada del consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, se han aprobado dos nuevas guías técnicas relacionadas con dos temas de actualidad en la industria de instituciones de inversión colectiva. Tal y como recuerda la entidad presidida por Sebastián Albella, mediante las guías la CNMV puede transmitir al sector los criterios, prácticas, metodologías y procedimientos vinculantes que se consideran adecuados para el cumplimiento de la normativa.
La primera guía técnica, sobre operaciones vinculadas relativas a instrumentos financieros realizadas por las gestoras, va dirigida a asegurar el cumplimiento de disponer de un procedimiento que asegure que se realizan en interés exclusivo del fondo y a precios o en condiciones iguales o mejores que los de mercado.
La CNMV ha identificado una serie de criterios que las gestoras deben tener en cuenta en el momento de aprobar dichas operaciones. En concreto, la guía da pautas sobre el modo en que las gestoras pueden acreditar que los precios de la operación son de mercado y que la misma se realiza en interés de la IIC, sobre la documentación de los análisis efectuados y sobre el caso de delegación de la gestión, entre otros aspectos.
Esta guía está muy relacionada con el unbundling, uno de los puntos que más afectará a los gestores de fondos cuando aterrice la normativa MiFID II y con el que se exigirá a estos profesionales que demuestren que cumplen con el principio de mejor ejecución.
Por otro lado, la segunda guía puesta en marcha trata sobre refuerzo de la transparencia de fondos con objetivo concreto de rentabilidad a largo plazo. Según la CNMV, “el escenario de bajos tipos de interés y los niveles de costes soportados por los fondos estructurados han determinado que las gestoras hayan alargado de forma notable los plazos de vencimiento de los fondos garantizados u otros con objetivo concreto de rentabilidad”.
Concretamente, en el caso de los fondos garantizados, señalan que el 73% de los lanzados en 2016 tiene un plazo de vencimiento superior a 6 años, siendo así que en 2012 ninguno superaba dicho plazo.
Por ello, y ante la posibilidad de subidas de tipos de interés que provocarían una caída en el precio de la renta fija -activo que conforma gran parte de la cartera de los fondos estructurados-, han considerado conveniente difundir ciertos criterios de supervisión de la CNMV cuyo objetivo es reforzar la protección del inversor en relación con la comercialización de este tipo de productos.
De esta manera, pretenden reforzar la transparencia en la venta de fondos con objetivo de rentabilidad a más de tres años con el fin de que el inversor conozca mejor el producto antes de invertir.