El informe recoge los efectos sobre los fondos alternativos, los inversores, el riesgo sistémico, las empresas privadas y los países en desarrollo.
El informe de la Comisión Europea con la evaluación y el efecto de la Directiva 2011/61/UE, sobre los gestores de fondos de inversión alternativos, ha iniciado el proceso de revisión de esta directiva, que continuará con una consulta pública. Tal y como explica finReg360 en una nota, el informe recoge los efectos sobre los fondos alternativos, los inversores, el riesgo sistémico, las empresas privadas y los países en desarrollo. Este informe, complementado con el documento de trabajo, es el primer paso para la revisión de la directiva y consiste en que la Comisión proporciona al Parlamento Europeo y al Consejo una valoración de funcionamiento de esta norma. El siguiente paso será una consulta pública, también lanzada por la Comisión, prevista para principios de otoño de este año.
El análisis del informe se estructura en cuatro apartados: efecto en los fondos de inversión alternativos (FIA) y en los gestores de fondos de inversión alternativos (GFIA), resultado en los inversores, influencia en el control y evaluación del riesgo sistémico, e incidencia de las reglas de inversión en empresas privadas y en beneficio de países en desarrollo.
Una de las principales conclusiones del informe se refiere al régimen de comercialización bajo la directiva. La Comisión considera que la eficacia del pasaporte se ve menoscabada por las divergencias en las normas nacionales de transposición de la directiva, las distintas interpretaciones de la misma y su limitado alcance. De una parte, los GFIA de menor tamaño deben renunciar a este régimen o superar importantes obstáculos para acceder al mercado; de otra parte, el pasaporte permite la comercialización solo a inversores profesionales y restringe las actividades transfronterizas de los GFIA, dado que la comercialización a inversores semiprofesionales y minoristas solo puede abordarse bajo normas nacionales diversas y, a menudo, restrictivas.
La Comisión recuerda que la distribución de los FIA está sujeta a las reglas de MiFID II. Por lo tanto, cualquier cambio en la definición de los tipos de inversores de la AIFMD debe tener en cuenta la interacción con MiFID II.
A juicio de la Comisión, el alcance de la revisión debe afectar asimismo a los FIA y GFIA establecidos en países de fuera de la UE, que hoy solo pueden acceder a inversores de la UE sobre la base de regímenes nacionales de colocación privada. Sin embargo, estos regímenes difieren entre los Estados miembros y aplican solo un número muy limitado de los requisitos de la directiva, con lo que resultan reglas de juego desiguales dentro de la UE.
El informe se hace eco de la petición de una parte del mercado de que exista una mayor alineación del régimen de remuneraciones recogido en la directiva con otros regímenes sectoriales, como el contenido en la directiva de requerimientos de capital, conocida como CRDIV.2 Asimismo, la Comisión menciona la tendencia a la expansión de la financiación no bancaria como posible fuente de problemas de estabilidad financiera. Esto ha llevado a determinados participantes en el sector financiero a pedir que se establezcan estándares comunes para los FIA que se dedican a la concesión de financiación (loan-originating FIA).