Las claves de las primeras certificaciones para asesorar e informar con MiFID II: Instituto BME

BeatrizAlejandroBME
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El Instituto BME es una de las seis primeras instituciones cuyos títulos y certificados han sido recogidos en la lista inicial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) para formar y acreditar a los profesionales que asesoran e informan sobre productos financieros y de inversión, una exigencia profesional que reclama MiFID II y que impondrá a partir de su entrada en vigor, en 2018.

El Instituto BME ofrece por ahora solamente un título en estas materias: el Máster en Mercados Financieros e Inversiones Alternativas (mFIA), para asesorar. Beatriz Alejandro, directora del Instituto BME, prosigue con una serie de entrevistas en la que los distintos responsables de estos títulos y certificados explican a Funds People las claves de su formación.

Funds People: ¿Con cuántas entidades financieras tienen ya cerrados acuerdos de formación y certificación?

Beatriz Alejandro (Instituto BME): El nivel de conocimientos exigido para obtener la Certificación MFIA hace que ésta no sea demandada para grandes colectivos de profesionales en entidades financieras o empresas de servicios de inversión, por lo que no esperamos prestar este servicio de formación a medida, sino más bien que los interesados vengan a nuestro programa en abierto o preparen la acreditación por su cuenta a partir de los materiales elaborados por Instituto BME. Sin embargo, algunos de nuestros clientes nos han pedido que certifiquemos a sus profesionales en los contenidos que especifica la guía de la CNMV, por lo que en los próximos días pondremos en marcha un programa de formación con esta finalidad.

¿Cuántos profesionales ya han sido certificados? De ellos, ¿qué porcentaje ha sido para informar y cuál para asesorar?

La Certificación MFIA cuenta en estos momentos con 218 acreditados, todos ellos con los conocimientos necesarios para prestar servicio de asesoramiento.

¿Por qué su institución ha decidido no ofrecer de momento formación-certificación para informar?

Ofrecer una única certificación para asesorar no fue una decisión expresa, sino que ha venido condicionada por nuestra historia y el camino a través del que hemos llegado a la certificación. Sin embargo, como he comentado, ya tenemos listo un programa para acreditar los conocimientos necesarios, tanto para informar como para asesorar, que esperamos poner en marcha en los próximos días.

De los puntos críticos sobre formación que se piden desde la UE, ¿en qué aspectos tendrán que incidirse en mayor medida en España y en cuáles menos?

En mi opinión, un aspecto fundamental es el conocimiento de las características y aspectos esenciales de los productos y sus riesgos asociados. En los últimos años, la oferta de productos financieros a los que puede acceder un inversor se ha ampliado mucho, adquiriendo algunos de ellos un grado de complejidad importante. Por lo tanto, es fundamental que el informador o asesor comprenda dichos riesgos para que pueda trasmitirlos al inversor y para tener, en el caso del asesor, la capacidad de decidir si ese producto le conviene al cliente.

Otros puntos a destacar son aquellos que suponen una novedad, como los relacionados con el análisis desglosado de los costes asociados a la inversión en un determinado producto o la importancia de identificar en cada producto a qué tipo de cliente va dirigido.

Como aspecto en el que creo que es necesario incidir menos quizás sea la fiscalidad, ya que tanto los profesionales como las empresas de servicios de inversión tienen asumido que se trata de un conocimiento clave para prestar servicios de información y asesoramiento y, puesto que la fiscalidad de los productos puede variar cada año, también tienen asumida la necesidad de actualizar los conocimientos en un proceso de formación continua.

¿Se van a posicionar como formadores-certificadores de marca blanca para programas ad hoc de entidades que soliciten un temario y timing propio o una convalidación?

Como centro de formación respaldado por Bolsas y Mercados Españoles (BME),siempre hemos tenido un planteamiento abierto y flexible para colaborar con otras entidades formadoras y/o certificadoras, fundamentalmente gestionando contenidos relacionados con mercados de capitales. Esperamos seguir haciéndolo en el futuro y estamos convencidos de que el nuevo impulso que da MiFID II a la formación generará nuevas posibilidades de colaboración.

A medio y largo plazo, ¿cree que las obligaciones por parte de ESMA serán suficientes para garantizar en Europa y en España las buenas prácticas de venta y asesoramiento financiero?

Que los profesionales cuenten con la formación adecuada puede ser la condición necesaria, pero no suficiente, para prestar un buen servicio de venta y asesoramiento financiero. Otros componentes son necesarios, como por ejemplo adaptar la función de supervisión al nuevo contexto de mayor complejidad en el que nos encontramos o que las entidades cuenten con una correcta política de gestión de conflictos de interés.

¿En qué aspectos de formación o praxis sobresalen los profesionales españoles respecto al resto de europeos? ¿Y en cuáles se quedan por detrás?

No me resulta fácil establecer una diferenciación entre profesionales españoles y europeos, ya que las prácticas suelen ser comunes en áreas geográficas más amplias. En mi opinión, la principal dificultad para prestar un servicio de asesoramiento verdaderamente independiente en España viene dada por una estructura de distribución de productos excesivamente bancarizada, característica también propia de otros países europeos como Francia o Alemania. Sin embargo, en países como Reino Unido y Holanda los inversores están habituados a contratar expresamente servicios de asesoramiento financiero, lo que favorece su independencia.

Haciendo un análisis retrospectivo, podemos ver cómo la implantación de MiFID I supuso un avance muy importante en el conocimiento del cliente al establecer su clasificación y la implantación de los test de conveniencia e idoneidad. Sin embargo, la rápida evolución del contexto en el que se prestan los servicios de inversión, así como el inicio de una profunda crisis financiera en el momento en que esta normativa entraba en vigor, han hecho necesaria una revisión con el objetivo de corregir deficiencias y aumentar el grado de protección del inversor.