Elimina la obligatoriedad el mecanismo conocido como PTI, lo que se espera incremente la eficiencia y agilidad de los procesos, preparando al mercado español para la llegada de T+1 en octubre de 2027.
Comienza una nueva época para el sistema de post contratación español. La llegada de la Reforma 3 al mercado ha traído consigo la entrada en vigor de un nuevo modelo de liquidación. Un cambio que llega tras la aprobación de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y el Real Decreto 814/2023 de 8 de noviembre. "Marca un nuevo hito en la armonización del mercado español con los estándares europeos" y "prepara al mercado español para el ciclo de liquidación D+1 (también denominado T+1)", comentan desde Iberclear, BME, SIX.
La ley elimina la obligatoriedad de que el Depositario Central de Valores (DCV) cuente con un mecanismo de control Post-Trade Interface, conocido como el PTI. Esto es, un sistema de Información para la supervisión de la negociación, compensación, liquidación y registro de valores negociables.
Este mecanismo se creó en 2017 y obligaba a los intermediarios financieros que operan en el mercado español a informar a Iberclear para poder mantener la trazabilidad de las operaciones desde su ejecución en el mercado hasta su liquidación en esta sociedad. Con su desaparición, ahora se busca la armonización regulatoria. En el resto de países de la Unión Europea las entidades ya no tienen que enviar esta información. Con la entrada en vigor de la CSDR (European Central Securities Depositories Regulation) entre 2019 y 2020, se incluyó la liquidación exclusiva por saldos, suprimiendo el registro de detalle de cada operación.
Un mercado con menos "Ñ"
"La desaparición de este sistema de información es uno de los cambios estructurales más significativos. Al eliminar la necesidad de vincular simultáneamente la gestión del registro con el proceso de liquidación", explican desde BME. Esto reduce significativamente los riesgos operativos y los costes asociados a los procesos de post contratación. "Con este cambio se incrementará la eficiencia en la liquidación de valores. Simplifica y agiliza los procesos operativos, lo que permite minimizar el volumen de operaciones fallidas en su fecha teórica de liquidación", justifican.
Tal y como explican, gracias a los cambios implementados, el mercado español cumple con el estándar europeo de criterios de case, conocido en el sector como Party 2. La adopción de este estándar facilita la interoperabilidad del mercado español con el resto de Europa. Alinea los procesos de liquidación con las prácticas europeas. "La entrada en vigor ha sido un éxito y así lo reflejan los buenos datos de la eficiencia en la liquidación a lo largo de esta última semana”, explica José Manuel Ortiz, responsable de Securities Services de SIX.
Este gran cambio se espera que redunde en una mayor "armonización y estandarización del mercado español con el resto de mercados europeos", confía Felipe Guirado, responsable de Ventas para España y Portugal de Securities Services, BNP Paribas. El experto avisa de que la Reforma 3 "tiene poco impacto en aseguradoras y gestoras, pero sí será muy relevante en los bancos". En línea con esta homogeneización normativa, Fernando García Rojo, responsable de Ventas de BBVA Global Securities Services, afirma: “El mercado español ya tenía pocas Ñ tras Target 2 Securities. Pero con estos cambios puede que todavía tenga menos especificidades nacionales que otros mercados de nuestro entorno”, sugiere.
Hacia T+1
Otro aspecto muy relevante del cambio es que "prepara al mercado español para una exitosa transición al ciclo de liquidación de D+1 (liquidación en un día, en lugar de los dos actuales)", apuntan desde BME. Ya está en marcha en Estados Unidos, donde entró en vigor el año pasado, y se espera implementar en Europa en octubre de 2027. Después de que ESMA recomendara en su informe final de evaluación de la reducción del ciclo de liquidación en la Unión Europea (UE) que la migración a T+1 se produzca simultáneamente en todos los instrumentos pertinentes y que se logre en el cuarto trimestre de 2027.
Desde la Autoridad Europea de Valores y Mercados destacaba en su informe que la mayor eficiencia y resistencia de los procesos post contratación que debería propiciar el paso a T+1 facilitaría la consecución del objetivo de seguir promoviendo la eficiencia de la liquidación en la UE. Contribuiría a la integración de los mercados y a los objetivos de la Unión del Ahorro y la Inversión.
Una década de cambios
Con estos cambios, se culmina una década de transformación en el sistema de liquidación de valores en España. La inicial Reforma 1 de mayo de 2015 sustituyó el sistema registral de Referencias de Registro (RRS) (un identificador del origen de los valores) por el PTI. Posteriormente, la Reforma 2 de septiembre de 2017 implicó la armonización del sistema de liquidación de la renta fija y la migración a Target2-Securities (T2S), con la que se unificó en un único sistema (ARCO) la liquidación de la renta variable y la renta fija.
En el gráfico se han resumido cuáles han sido los principales hitos de la industria del post trading en la última década, que analizamos en este artículo.
